El Consejo de Estado emitió recientemente un fallo a favor del río Ubaté y ordenó la reubicación de las familias que se encuentren ocupando su ronda. Esta demanda, que fue presentada por un ciudadano en conjunto con el abogado, Miguel Ángel Chavéz, buscaba recuperar y preservar la zona ambiental del río. La sentencia, dictada en el mes de mayo, también afecta a los municipios de Carmen de Carupa y Fúquene.

El origen de esta demanda se remonta a aproximadamente 13 años atrás, cuando el municipio de Ubaté (Cundinamarca) inició un proyecto urbanístico que implicaba una permuta de terrenos entre los ríos La Larga y La Fortuna. Este proyecto, en su momento, amenazaba seriamente la integridad de la ronda del río Ubaté, lo que motivó la presentación de una acción popular.

El fallo emitido por el Consejo de Estado tiene como objetivo principal proteger integralmente la zona en cuestión. Según el código civil, los espacios ambientales de la ronda de un río no deben ser ocupados, y este fallo histórico busca garantizar el cumplimiento de dicha normativa. Aunque la reubicación de las familias afectadas representará un costo patrimonial significativo, varias entidades han sido permisivas con estas ocupaciones a lo largo del tiempo y deben ser consecuentes con la sentencia.

El fallo no solo protege la ronda del río Ubaté, sino que también abarca desde su nacimiento hasta su desembocadura en la Laguna de Fúquene. Es decir, se busca preservar la integridad de todo el curso del río y su influencia en el ecosistema circundante.

Sin embargo, cumplir con este fallo no será una tarea fácil. Según lo establecido en la sentencia, los municipios tienen un plazo de tres meses para elaborar un censo de las familias afectadas. Posteriormente, deberán proceder a la reubicación de estas familias, lo cual seguramente implicará diversos desafíos.

Los alcaldes de los municipios involucrados deben tomar en cuenta la perentoriedad de estas decisiones judiciales. En caso de incumplimiento, se podrán iniciar acciones de desacato, tanto a nivel disciplinario como penal, para asegurar el cumplimiento de la orden.

El fallo emitido por el Consejo de Estado tiene como objetivo principal proteger integralmente la zona en cuestión.

Foto portada: Imagen del Río Ubaté. Tomada de la CAR Cundinamarca.

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