¿Decreto que prohíbe fiestas en entidades públicas no se aplica?
La reciente noticia sobre la fiesta de fin de año del Instituto Nacional de Vías (Invías), que presuntamente costó 360 millones de pesos, ha generado indignación en la opinión pública. Este gasto se realizó como parte del ‘Plan de Bienestar y Estímulos’, permitido por la Ley 1567 de 1998. Sin embargo, la polémica radica en que existe un decreto vigente que establece restricciones claras para eventos de este tipo, pero que no parece tener aplicación práctica.
El Decreto 199 de 2024, en su artículo 18, prohíbe la realización de recepciones, fiestas y conmemoraciones financiadas con recursos del Presupuesto General de la Nación. Esta disposición también incluye la prohibición de adquirir regalos corporativos, souvenirs o artículos promocionales. Las únicas excepciones son los eventos protocolarios o internacionales organizados por algunos ministerios y la Presidencia de la República.
A pesar de estas disposiciones, la fiesta del Invías se llevó a cabo, argumentando que los gastos estaban justificados bajo los Planes De Bienestar permitidos por la ley. Ante la controversia, W Radio consultó con entidades clave como la Función Pública, el Ministerio de Hacienda y el Departamento Administrativo de la Presidencia (Dapre), obteniendo respuestas ambiguas.
Desde el Ministerio de Hacienda señalaron que la administración de los rubros presupuestales es compleja y, por lo tanto, no es claro si el decreto aplica en este tipo de casos. Por su parte, el Dapre reconoció la existencia del decreto, pero aclaró que este no es de obligatorio cumplimiento, dejando en manos de cada entidad la autonomía para decidir en qué gastar sus recursos.
El caso del Invías evidencia un vacío en la implementación de políticas de austeridad en Colombia. Aunque las normas existen, su aplicación depende de criterios poco claros y de la autonomía de cada entidad. Esta situación deja abierta la pregunta sobre la efectividad de los controles al gasto público en un contexto donde la austeridad debería ser prioritaria.
Aunque las normas existen, su aplicación depende de criterios poco claros y de la autonomía de cada entidad.