El Consejo Nacional Electoral (CNE) fijó para el 7 de noviembre de 2021, la realización de consultas populares, internas o interpartidistas de las agrupaciones políticas con personería jurídica y/o grupos significativos de ciudadanos, para la toma de decisiones o la escogencia de candidatos para las próximas elecciones.

Los partidos y movimientos políticos y los Grupos Significativos de Ciudadanos (GSC) que opten por este mecanismo, deberán comunicar por escrito al CNE a más tardar el 30 de junio de 2021, su decisión de realizar consultas. También tendrán como plazo hasta el 31 de agosto para manifestar que se retractan de su voluntad inicial.

En caso de que opten por consultas para la escogencia de candidatos, a cargo de elección popular, los precandidatos tendrán que inscribirse ante la Registraduría Nacional del Estado Civil, entre el 27 de septiembre y el 01 de octubre de 2021.

Para la realización de encuestas, sondeos de opinión, convenciones, asambleas, entre otros, que busquen la escogencia de aspirantes, las agrupaciones políticas tendrán plazo hasta el 10 de septiembre.

La ley 1475 señala que el CNE debe fijar una fecha al año para que los partidos y movimientos políticos puedan hacer consultas.

Foto portada: De referencia de Extrategia medios.

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Equipo de redacción de Extrategia Medios

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