La Acción de Tutela en Colombia, nació a partir de la Asamblea Nacional Constituyente en el año de 1991, en esa década el país atravesaba la era más fuerte en cuanto a temas de terrorismo en las principales ciudades, llevando la concentración del Estado a la guerra contra el narcotráfico, abandonando a sus ciudadanos.

Así las cosas, la Asamblea Nacional Constituyente, liderada por César Gaviria, Fernando Carrillo y Manuel José Cepeda, reunió a los principales sectores del país para redactar un documento que protegiera la democracia y los derechos fundamentales de la sociedad, originando de esta forma la Constitución Política de Colombia del año 1991. Entre los artículos que comprenden a esta Carta Magna se encuentra en el número 86  ‘La Tutela’, que establece a lo siguiente; “Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública.

La protección consistirá en una orden para que aquel respecto de quien se solicita la tutela, actúe o se abstenga de hacerlo. El fallo, que será de inmediato cumplimiento, podrá impugnarse ante el juez competente y, en todo caso, éste lo remitirá a la Corte Constitucional para su eventual revisión. Esta acción solo procederá cuando el afectado no disponga de otro medio de defensa judicial, salvo que aquella se utilice como mecanismo transitorio para evitar un perjuicio irremediable. En ningún caso podrán transcurrir más de diez días entre la solicitud de tutela y su resolución. La Ley establecerá los casos en los que la acción de tutela procede contra particulares encargados de la prestación de un servicio público o cuya conducta afecte grave y directamente el interés colectivo, o respecto de quienes el solicitante se halle en estado de subordinación o indefensión”.

A su vez, se fundaron otras instituciones que asisten con la defensa y protección de los derechos ciudadanos, ellas son: La Corte Constitucional, la Defensoría del Pueblo, la Fiscalía General de la Nación y el Ministerio Público (Procuraduría).

Más adelante, gracias al Decreto 2591 del 19 de noviembre 1991 la ‘Acción de Tutela’ se reglamentó e inició su operación en el sistema jurídico, permitiendo así que toda persona acuda ante las autoridades judiciales para obtener la protección inmediata de sus derechos fundamentales (la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, nombre y nacionalidad, la educación, la cultura y la libre expresión), cuando estos resultan vulnerados por la acción u omisión de cualquier autoridad pública o de los particulares, en los casos establecidos por la Ley.

El primer Fallo de Tutela de la Corte Constitucional fue adoptado el 3 de abril de 1992 (que trató de los periodos de los Contralores Departamentales) y a partir de ahí en 30 años la Corte ha tramitado 8.500.248 tutelas, exigiendo la validez de los derechos en el Debido Proceso, el Derecho de Petición, Mínimo vital, salud, seguridad social y la vida.

En ningún caso podrán transcurrir más de diez días entre la solicitud de tutela y su resolución.

Foto portada: Imagen tomada de Pexels de autoría de Ekaterina Bolovtsova.

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