La Alcaldía de Chía, mediante Decreto 161 del 9 de septiembre de 2022, con el fin de mejorar la calidad del aire y del medio ambiente institucionalizó el día sin carro y sin moto el 22 de septiembre de cada año
Se expiden las directrices que regirán este día en el municipio de Chìa
Durante el día sin carro y sin moto la circulación de vehículos automotores y motocicletas de servicio particular en el municipio de Chía, en el horario comprendido entre las 6:00 de la mañana y las 8:00 de la noche.
La medida No aplica en:
- Corredores nacionales (Corredor Vial Norte -Cajicá – Chía – Bogotá).
- Corredores departamentales (Corredor Occidente – Chía – Cota – Variante).
- Diagonal / Calle – Carrera Novena – Clínica Reinoso / Puente Peralta).
EXCEPCIONES:
- Vehículos de transporte público de pasajeros colectivo, individual, mixto e intermunicipal.
- Vehículos de carga contemplados en los decretos Municipales 83 y de y el 031 de 2022.
- Vehículos y motocicletas utilizadas para en transporte de personas discapacitadas o pacientes que se desplacen debido a tratamientos vitales como radioterapias, quimioterapias, o diálisis siempre y cuando él o los discapacitados o pacientes estén ocupando el vehículo. Deben presentar certificado médico que acrediten la necesidad actual del desplazamiento en el momento de ser interceptado en la vía pública o de lo contrario no se entenderá eximido.
- Vehículos y motocicletas de emergencia (Ambulancias, bomberos, Defensa Civil, Cruz Roja, equipos logísticos para la atención de desastres y siniestros) para el transporte de personal acreditado.
- Vehículos de transporte escolar de propiedad de Instituciones educativas y únicamente cuando sean empleados para el transporte de sus estudiantes. Estos deben operar y estar plenamente identificados de conformidad con las normas que regulan el transporte escolar.
- Vehículos de atención médica personalizada debidamente identificados.
- Vehículos y motocicletas destinados a operativos de las Empresas de Servicios Públicos domiciliarios debidamente identificados.
- Vehículos y motocicletas destinados al control del tráfico, grúas y carros talleres o de asistencia técnica debidamente identificados que prestan el servicio.
- Caravana presidencial. Grupo de vehículos que hagan parte del esquema de seguridad de la Presidencia de La República y estén al servicio de actividades inherentes.
- Vehículos, incluyendo motocicletas pertenecientes a las fuerzas militares, Policía Nacional, agentes de tránsito, cuerpos oficiales armados (CTI, SIJIN, INPEC) y vehículos adscritos a la Rama Jdicial.
- Vehículos incluyendo motocicletas del servicio diplomático o consular. Automotores identificados con placas especiales asignadas al Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Motocicletas de vigilancia y seguridad privada autorizadas por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada que porten pintado o adherido, en forma visible los distintivos de la Empresa de Seguridad y Vigilancia privada con plena identificación del conductor del vehículo, que transporten personal y/o materiales para el desarrollo de la labor de vigilancia y seguridad privada.
- Vehículos asignados por la Unidad Nacional de Protección a ciudadanos que tengan estas medidas.
- Vehículos y motocicletas propulsados exclusivamente por motores eléctricos y/o de cero emisiones contaminantes.
- Carrozas fúnebres.
- Motocicletas vinculadas a empresas y/o establecimientos de comercio, que prestan el servicio de mensajería y/o domicilio y sean utilizadas exclusivamente para dicha labor y se encuentren debidamente identificados, o con logos y/o distintivos pintados o adheridos al vehículo y plena identificación del conductor del vehículo.
- Vehículos y motocicletas vinculados a escuelas de enseñanza automovilística que cumplan con las condiciones establecidos en la normatividad vigente.
- Vehículos y motocicletas destinadas al control logístico de la jornada del día sin carro y sin moto en el municipio de Chía.
- Vehículos y motocicletas destinado al transporte de alimentos perecederos, respetando en todo caso las horas de cargue y descargue.
- Vehículos de transporte de valores acreditados.
- Vehículos colectivos tipo bus, buseta y/o microbús de servicio particular de propiedad de las empresas destinados al transporte de su personal debidamente identificados.
- Vehículos recolectores de basura, debidamente acreditados.
Se recomienda a las organizaciones que funcionan en el municipio de hìa, implementar acciones de movilidad urbana sostenible durante la jornada entre sus colaboradores mediante alternativas como: trabajo en casa y/o teletrabajo, escalonamiento de horarios laborales, caminata, uso de transporte público, uso de la bicicleta y micromovilidad entre otros.
“El NO acatamiento a los dispuesto será sancionado conforme a lo dispuesto en el Código Nacional de Tránsito”.
Foto portada: Iglesia de la Parroquia Santa Lucía en el parque principal de Chía. Foto de Extrategia Medios.