El Consejo Nacional Electoral resolvió una de las controversias más estrechas y prolongadas de las elecciones legislativas de 2026: la adjudicación de la séptima curul de la Cámara de Representantes correspondiente a Cundinamarca.
La Sala Plena respaldó la ponencia elaborada por la magistrada Alba Lucía Velásquez Hernández, negó las reclamaciones que buscaban modificar el resultado departamental y determinó que el escaño debía ser entregado al Partido Político MIRA, representado por Diana Maritza Álvarez Barrera.
Con esta decisión, el organismo electoral cerró una disputa en la que participaron MIRA, el Partido Liberal y Cambio Radical, cuyas diferencias en la votación eran reducidas y dependían de la resolución de reclamaciones relacionadas con mesas, formularios y decisiones adoptadas durante las distintas etapas del escrutinio.
La controversia había impedido declarar completamente la elección de la Cámara por Cundinamarca, departamento al que le corresponden siete representantes para el periodo constitucional 2026-2030.
Las reclamaciones no cambiaron el resultado final
El estudio presentado ante la Sala Plena concluyó que las solicitudes formuladas por las colectividades inconformes no producían una variación suficiente para alterar la asignación del último escaño.
Antes de la decisión definitiva, Cambio Radical había promovido una recusación contra la magistrada Velásquez Hernández, quien recibió el expediente después de que una primera ponencia no obtuviera los votos necesarios dentro del Consejo Nacional Electoral.
La recusación fue rechazada por la Corporación, por lo que la magistrada continuó con el análisis y presentó una nueva propuesta de decisión.
La Sala Plena terminó acogiendo ese proyecto y mantuvo la ventaja que favorecía a MIRA. De esta manera, quedaron descartadas las pretensiones que buscaban entregar el escaño a Cambio Radical o permitir que el Partido Liberal obtuviera una segunda representación por el departamento.
Antes de la votación definitiva, información conocida durante el trámite señalaba que MIRA conservaba una diferencia cercana a los cien votos frente a sus competidores. Debido a lo estrecho del resultado, cualquier reclamación aceptada podía modificar la cifra repartidora y cambiar la conformación de la bancada departamental.
Una primera ponencia favorecía a Cambio Radical
La discusión dentro del CNE tuvo varios episodios.
El 11 de julio de 2026, el magistrado Álvaro Hernán Prada Artunduaga presentó una ponencia que proponía asignar la curul a Cambio Radical. Sin embargo, el documento no fue aprobado por la Sala Plena.
De acuerdo con la información conocida sobre esa sesión, la mayoría de los magistrados consideró que las reclamaciones de Cambio Radical no permitían superar la votación obtenida por los demás partidos que disputaban el escaño.
Tras el rechazo de esa propuesta, el expediente pasó por reparto a Velásquez Hernández. Cambio Radical la recusó, pero el pleno del organismo electoral desestimó la solicitud y permitió que continuara como ponente.
La nueva ponencia concluyó que no existían elementos suficientes para modificar las cuentas consolidadas y propuso reconocer la curul a Diana Maritza Álvarez Barrera.
El Partido Liberal también buscaba el escaño
El Partido Liberal participó activamente en la controversia porque aspiraba a obtener una segunda curul en Cundinamarca.
Su candidato Campo Alexander Prieto García aparecía entre los aspirantes con posibilidades de acceder al Congreso si prosperaban las reclamaciones presentadas ante el CNE.
La definición también tenía incidencia sobre Cambio Radical, que buscaba conseguir representación en el departamento después de una elección especialmente disputada.
El retraso no solo afectaba la declaratoria de Cundinamarca. La falta de una decisión definitiva impedía cerrar integralmente el escrutinio nacional de la Cámara y postergaba procedimientos relacionados con la adjudicación de las circunscripciones nacionales indígena y afrodescendiente, que se realizan después de resolver las elecciones territoriales pendientes.
¿Quién es Diana Maritza Álvarez Barrera?
Diana Maritza Álvarez Barrera es administradora de empresas, especialista en Gerencia del Talento Humano y dirigente política del Partido MIRA.
Es oriunda del municipio de Silvania, en la provincia del Sumapaz, y cuenta con experiencia en el sector público, en cargos directivos y en espacios de elección popular.
Según su perfil divulgado durante la campaña, lleva aproximadamente 15 años vinculada al Partido MIRA y ha participado en procesos políticos y comunitarios en Cundinamarca. La colectividad la presentó como candidata a la Cámara para el periodo 2026-2030.
Durante su aspiración hizo énfasis en asuntos relacionados con las comunidades, la participación territorial, la familia, el emprendimiento, la atención institucional y el fortalecimiento de los municipios.
Su llegada al Congreso amplía la presencia política de MIRA en Cundinamarca y le entrega representación directa a la provincia del Sumapaz.
Así queda la representación de Cundinamarca
Antes de resolverse la última curul, seis de los siete escaños departamentales ya estaban definidos.
La distribución conocida durante el escrutinio otorgaba tres representantes al Pacto Histórico, uno al Centro Democrático, uno al Partido Conservador y uno al Partido Liberal. El séptimo asiento permanecía en discusión entre MIRA, Cambio Radical y el liberalismo.
Con la determinación adoptada por el CNE, MIRA obtiene la representación pendiente y Diana Maritza Álvarez Barrera se incorpora a la delegación de congresistas elegidos por Cundinamarca.
La nueva representante deberá tomar posesión junto con los demás integrantes del Congreso elegido para el periodo 2026-2030.
Una decisión adoptada a pocos días de instalarse el Congreso
La resolución se produjo a pocos días de la instalación del nuevo Congreso de la República, prevista para el 20 de julio de 2026.
La demora había aumentado la presión sobre el Consejo Nacional Electoral, debido a que la candidata que finalmente resultara favorecida necesitaba recibir la credencial y completar los procedimientos administrativos necesarios para asumir el cargo.
El caso demostró la importancia del escrutinio electoral frente al preconteo divulgado durante la noche de elecciones. Mientras el preconteo tiene carácter informativo, el escrutinio es el procedimiento jurídico y administrativo mediante el cual se revisan los formularios, se atienden reclamaciones, se consolidan los votos y se declaran oficialmente las elecciones.
Al concluir que las reclamaciones no modificaban las cuentas definitivas, el CNE mantuvo la votación favorable al MIRA y puso fin a una controversia que permaneció abierta durante más de cuatro meses después de las elecciones legislativas del 8 de marzo de 2026.
La determinación podrá ser objeto de los mecanismos judiciales previstos en la legislación electoral, entre ellos una eventual demanda de nulidad ante el Consejo de Estado. Sin embargo, mientras no exista una orden judicial que suspenda o anule la elección, Diana Maritza Álvarez Barrera será reconocida como representante electa a la Cámara por Cundinamarca.
El CNE concluyó que las reclamaciones presentadas no alteraban la asignación de la última curul de Cundinamarca.













