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La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso sanciones por más de $21.000 millones a las empresas Gloria, Lactalis, Hacienda San Mateo y Sabanalac, tras determinar que comercializaron como leche entera higienizada (UAT) un producto que contenía lactosuero.

Según la SIC, esta situación pudo haber inducido a error a los consumidores, quienes, al no contar con herramientas para identificar la presencia de esta sustancia, adquirieron los productos sin conocer completamente su composición.

El Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima) realizó pruebas técnicas en el marco de visitas administrativas de inspección llevadas a cabo en 2020. Los resultados evidenciaron la presencia de altos niveles de caseinomacropéptido (CMP), un indicador que permite determinar si se ha añadido lactosuero a la leche.

Las muestras analizadas correspondían a productos identificados con las marcas Medalla de Oro, Máxima, Algarra, De la Cuesta, Alkosto Hiperahorro, Parmalat, Latti y Pomar, comercializados por las empresas sancionadas.

Además de las pruebas técnicas, la Superintendencia encontró indicios económicos que reforzaron su decisión. En algunos casos, se identificaron inventarios de lactosuero cuyo uso no fue justificado en productos distintos de la leche. Asimismo, se evidenciaron costos de producción más bajos en comparación con empresas del mismo sector que no empleaban esta práctica.

Empresas que recibieron sanciones adicionales:

La SIC determinó que tres de las empresas sancionadas (Gloria, Lactalis y Hacienda San Mateo) obtuvieron una ventaja competitiva significativa al incumplir las normas que regulan la comercialización de leche. De acuerdo con la entidad, esta situación pudo haberles permitido vender sus productos al mismo precio que sus competidores, aumentando su margen de utilidad, o bien reducir el precio y atraer a más consumidores, afectando a las compañías que sí cumplían con la normativa.

En el caso de Sabanalac, aunque se confirmó la presencia de lactosuero en sus productos, no se encontraron elementos que probaran que la empresa obtuvo una ventaja competitiva como consecuencia de la infracción. Por este motivo, su sanción se limitó al acto de engaño al consumidor.

¿Qué pasará con las compañías reciben multa de la SIC porque adicionarían lactosuero a la leche entera?

La decisión de la SIC aún se encuentra en proceso de notificación y contra ella procede recurso de reposición. Por lo tanto, el caso podría seguir en revisión en los próximos meses.

Tras determinar que comercializaron como leche entera higienizada (UAT) un producto que contenía lactosuero.

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