Exalcalde de Chía responde a cargos de la Procuraduría por empréstito de $40.000 millones

Luis Carlos Segura Rubiano aseguró que la actuación corresponde a una controversia jurídica sobre el cumplimiento de requisitos y el alcance de las garantías del crédito, mientras el proceso disciplinario continúa en etapa de juzgamiento.

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El exalcalde de Chía Luis Carlos Segura Rubiano se pronunció este viernes 4 de septiembre frente al pliego de cargos formulado por la Procuraduría General de la Nación por presuntas irregularidades relacionadas con la suscripción de un empréstito por $40.000 millones durante su administración.

La declaración se conoció después de que el organismo de control divulgara, el jueves 3 de septiembre, la actuación disciplinaria contra quien ejerció como alcalde del municipio entre 2020 y 2023.

Según informó la Procuraduría, Segura Rubiano, presuntamente, habría celebrado el contrato de crédito sin contar previamente con los estudios y diseños técnicos exigidos en un acuerdo municipal y, además, habría comprometido rentas del municipio como garantía sin contar, de acuerdo con la tesis del organismo de control, con la facultad expresa que debía otorgar el Concejo Municipal.

La Procuraduría Provincial de Instrucción de Zipaquirá calificó provisionalmente la presunta conducta como falta grave cometida a título de culpa grave y dispuso el traslado del expediente para que continúe la etapa de juzgamiento.

La formulación del pliego de cargos no constituye, por sí misma, una sanción ni un fallo definitivo de responsabilidad disciplinaria.

Segura Rubiano presenta su versión

En una declaración divulgada a través de su cuenta de Facebook, el exalcalde aseguró que el proceso corresponde a una controversia jurídica y disciplinaria relacionada con el alcance y cumplimiento de algunos requisitos establecidos para la operación de crédito.

Segura Rubiano manifestó que el proceso no está relacionado con una pérdida de los $40.000 millones, sino con cuestionamientos sobre las condiciones jurídicas y técnicas bajo las cuales se estructuró y suscribió el empréstito.

“Una formulación de cargos no es una sanción ni un fallo de responsabilidad”, expresó el exmandatario municipal, quien indicó que presentará sus argumentos y las pruebas correspondientes dentro de las etapas previstas en el proceso disciplinario.

Los proyectos financiados con el crédito

El empréstito fue autorizado mediante el Acuerdo Municipal 190 de 2021, que concedió al alcalde de Chía un cupo de endeudamiento hasta por $40.000 millones para financiar proyectos incluidos en el Plan de Desarrollo Municipal.

Documentos oficiales de la Administración Municipal establecieron una distribución proyectada de $25.000 millones para la construcción del nuevo Hospital San Antonio de Chía, $10.000 millones para un centro de atención a población con discapacidad y enfermedades huérfanas y $5.000 millones para infraestructura vial urbana y rural.

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Sobre este punto, Segura Rubiano señaló que el propósito de la operación de crédito era garantizar recursos para desarrollar estas obras.

Exalcalde asegura que había estudios previos

Frente al cuestionamiento relacionado con los requisitos técnicos, el exalcalde sostuvo que antes de la firma del empréstito ya existían estudios financieros, análisis de capacidad de pago, una calificación de riesgo AA+, documentos de prefactibilidad y consultorías contratadas por la Administración Municipal.

Estas afirmaciones hacen parte de los argumentos de defensa expuestos por el Segura Rubiano, y deberán ser valoradas dentro del proceso disciplinario frente a los señalamientos formulados por la Procuraduría.

También indicó que la operación fue analizada por la Secretaría de Hacienda y por otras dependencias municipales que intervinieron en su estructuración.

Diferencias sobre el alcance de la autorización del Concejo

Uno de los aspectos centrales del proceso está relacionado con las garantías otorgadas para respaldar el crédito.

La Procuraduría sostiene que el entonces alcalde habría comprometido rentas municipales como garantía sin contar con una facultad expresa del Concejo Municipal.

Segura Rubiano, por su parte, sostiene una interpretación distinta del Acuerdo 190 de 2021 y asegura que la autorización concedida por el Concejo le permitía suscribir el empréstito, negociar sus condiciones y otorgar las garantías necesarias para concretar la operación financiera.

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Será dentro de la actuación disciplinaria donde deberán evaluarse el alcance de esa autorización, los documentos existentes al momento de contratar el crédito y los argumentos presentados por las partes.

El proceso continúa

El exalcalde manifestó que ejercerá su derecho de defensa mediante los mecanismos previstos en el procedimiento disciplinario y que aportará las pruebas que considera respaldan las decisiones tomadas durante su administración.

Hasta el momento, no existe un fallo definitivo que declare disciplinariamente responsable a Luis Carlos Segura Rubiano por estos hechos.

El expediente continuará en etapa de juzgamiento, en la que deberán ser analizados tanto los cargos formulados por la Procuraduría como los argumentos y elementos probatorios que presente la defensa antes de que se adopte una decisión de fondo.

El exalcalde sostiene que el Acuerdo 190 de 2021 le otorgaba facultades para suscribir el crédito, negociar sus condiciones y respaldar la operación.