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Empresas que no incrementen el salario mínimo serían multadas

El salario mínimo es un tema de particular interés no solo para el gobierno y los trabajadores sino también para las empresas, siendo estas las más sensibles a los incrementos que se pactan en las mesas de concertación salarial.

De esta forma, a partir de una serie de diálogos entre los sindicatos, líderes del sector privado y el Gobierno Nacional, se estipula un monto que empieza a regir desde el 1 de enero del año siguiente.

Esta decisión, como se mencionó anteriormente, afecta más a las empresas, ya que el salario mínimo puede afectar los costos de organización y derivar en ajustes de nómina y presupuestales que también pueden disminuir las utilidades de estas organizaciones.

En consecuencia, el ajuste salarial involucra a quienes están bajo un contrato de salario integral o con ingresos salariales de más de 10 salario mínimos, de esta forma, como explica la abogada litigante Isabel Vinasco Lozano en diálogo con Portafolio, el incremento del salario es de obligatorio cumplimiento para quienes ganen un salario mínimo, esto en consecuencia a la protección del derecho a la remuneración mínima de los trabajadores.

Por consiguiente, según la abogada Vinasco: “el no acatar esta disposición dejaría expuestos a los empleadores a investigaciones administrativas con imposición de multas que pueden ser equivalentes al monto de 1 a 5.000 veces el salario mínimo mensual vigente según la gravedad de la infracción”

Por lo tanto, las empresas legalmente constituidas en Colombia por ley deben pagar para el año 2024 a sus trabajadores el monto que se estipule en las mesas de diálogo salarial que se iniciarán el 28 de noviembre de 2023, o serán sancionados.

El no acatar esta disposición dejaría expuestos a los empleadores a investigaciones administrativas con imposición de multas que pueden ser equivalentes al monto de 1 a 5.000 veces el salario mínimo mensual vigente

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