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Corte protege el derecho a la estabilidad laboral reforzada de una adulta mayor

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La Corte Constitucional concedió amparo a los derechos de una mujer adulta mayor que fue despedida de su trabajo provisional en una entidad estatal sin tener en cuenta su condición de pre-pensionada. Esto se debió a inexactitudes en su historial laboral suministrado por Colpensiones a dicha entidad.

La mujer solicitó protección de sus derechos fundamentales con el objetivo de ser reintegrada a su puesto. En primera instancia, la tutela fue denegada al considerar que la actuación del empleador no violaba sus derechos. Sin embargo, en segunda instancia, el juez consideró que la acción era improcedente y que la demandante debía acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa para defender sus derechos.

La Sala Segunda de Revisión, liderada por el magistrado Juan Carlos Cortés González, tomó el caso y reiteró que cuando un servidor público en provisionalidad tiene calidad de pre-pensionado y se provee definitivamente en un cargo, la entidad debe asegurarse de que sea el último en ser desvinculado y mantenerlo en su empleo hasta que sea posible. Esto es válido siempre que la entidad cuente con vacantes para reubicar a la persona y que se cumplan criterios de razonabilidad y proporcionalidad. Las entidades responsables de las pensiones deben gestionar y actualizar la información de sus afiliados, y los empleadores deben atender prontamente las solicitudes de revisión de la historia laboral realizadas por la entidad administradora de pensiones.

Al analizar el caso, la Sala encontró que la historia laboral de la demandante tenía inconsistencias en relación con las semanas cotizadas para la pensión. Esto se debió a un incumplimiento de las entidades demandadas en validar y mantener actualizada la información de los aportes al sistema pensional. Estas inexactitudes afectaron negativamente el reconocimiento de la calidad de pre-pensionada de la mujer, lo que implicó una vulneración de su derecho a la estabilidad laboral reforzada.

Por lo tanto, la Sala concedió el amparo de los derechos fundamentales de la demandante y ordenó a Colpensiones que realice las gestiones necesarias para validar y actualizar su historial laboral. Si cumple con los requisitos para acceder a una pensión de vejez, debe informarle sobre los trámites pertinentes. Respecto a la entidad estatal empleadora, se le ordenó reintegrar a la mujer en un cargo vacante similar o equivalente al que desempeñaba, hasta que se le reconozca el derecho a la pensión y se verifique su inclusión en la nómina. En caso de no haber vacantes disponibles, la mujer debe ser incluida en la lista de servidores con estabilidad laboral para ser reintegrados cuando haya oportunidad.

La Sala concedió el amparo de los derechos fundamentales de la demandante.

Foto portada: Imagen de referencia.

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