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Contraloría de Cundinamarca archiva proceso de cobro coactivo contra exalcalde de Chía y otros

La Subdirección de Jurisdicción Coactiva de la Contraloría de Cundinamarca ha dictaminado la terminación y archivo del Proceso Ejecutivo de Cobro Coactivo No. 001 – 2024, a favor del municipio de Chía (Cundinamarca). Este proceso involucraba a varios responsables fiscales solidarios, incluyendo al exalcalde Guillermo Varela Romero, al exsecretario de Obras Públicas Rafael Antonio Ballesteros Gómez, así como a Bancolombia S.A. y a la empresa Global Environment and Health Solutions Colombia (GEHS), representada legalmente por Ricardo Gailer Garcés.

El proceso de responsabilidad fiscal corresponde al sonado caso de la Planta de Tratamiento de Agua Residual (PTAR I) del municipio de Chía, en el que Bancolombia S.A. pagó la suma de $7.149.709.145 millones de pesos como resultado de la responsabilidad fiscal solidaria declarada por la Contraloría de Cundinamarca.

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El fallo se basa en el Título Ejecutivo Fiscal No. 2018 – 002, junto con el Fallo con Responsabilidad Fiscal No. 007-2023 del 3 de noviembre de 2023, el Auto No. 947 del 19 de diciembre de 2023 y el Auto No. 33 del 23 de enero de 2024, emitidos por la Subdirección de Procesos de Responsabilidad Fiscal Ad-Hoc y la Dirección Operativa de Investigaciones.

De acuerdo con el fallo No. 0003 del 4 de marzo de 2024 y en concordancia con el Artículo 461 del Código General del Proceso (C.G.P.), se ha decidido la conclusión del Proceso Ejecutivo por Jurisdicción Coactiva No. 001-2024, así como su archivo. Esta determinación se toma debido al pago total de las obligaciones a cargo del deudor solidario Bancolombia S.A.

Adicionalmente, se ha ordenado a la Contraloría General de la República levantar las anotaciones de inhabilidades establecidas en el Boletín de Responsables Fiscales y en el Registro de los Antecedentes Disciplinarios de la Procuraduría General de la Nación (PGN) de los declarados responsables fiscales.

En consecuencia, se ha dispuesto el levantamiento y cancelación de todas las medidas cautelares decretadas dentro del Proceso de Responsabilidad Fiscal y se revoca el embargo sobre los bienes muebles, inmuebles, cuentas y rentas de propiedad de los responsables fiscales.

Por último, se ha notificado esta decisión a las entidades bancarias pertinentes y a las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos (ORIP), así como el levantamiento y cancelación de las medidas cautelares de embargo de los derechos reales de cuota sobre inmuebles pertenecientes a uno de los responsables fiscales.

Contra la providencia del fallo, los recursos de reposición y apelación pueden ser interpuestos dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación. El primero de ellos deberá presentarse ante la Subdirección de Jurisdicción Coactiva, mientras que el segundo recurso deberá ser dirigido al despacho de la Directora de Investigaciones Fiscales de la Contraloría de Cundinamarca. Estos procedimientos se encuentran regulados por los Artículos 318 y siguientes del Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012).

El dictamen se fundamenta en múltiples fallos y autos emitidos por la Subdirección de Procesos de Responsabilidad Fiscal.

Foto portada: Guillermo Varela Romero. Foto: Archivo.

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