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Conozca cómo podrán reanudar su actividad económica empresarios y comerciantes de Zipaquirá

Los interesados deben contar con protocolos de bioseguridad para evitar en contagio de coronavirus entre sus trabajadores.

Fotografía/Cortesía.


ZIPAQUIRÁ, CUNDINAMARCA.


El Gobierno Municipal de Zipaquirá pensado en la importancia de la reactivación económica del municipio, las nuevas fuentes de ingresos para los empresarios y las familias zipaquireñas, invita a los empresarios y comerciantes a inscribir sus actividades comerciales de acuerdo al Decreto Presidencial 593 de 2020 y la Resolución 666 del 24 de abril del 2020 que podrán consultar al final de la noticia.

 

Los interesados deberán diligenciar este formulario https://bit.ly/2SnboIk con los datos de la empresa y los protocolos de bioseguridad que aplicarán al interior de sus empresas o establecimientos.

 

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Datos:

 

  • Nombre de la empresa (acorde al registrado en cámara de comercio).
  • Nit de la empresa.
  • Dirección de la empresa o planta que desea dar apertura.
  • Barrio.
  • Teléfono de la empresa.
  • Tamaño de la empresa (Microempresa, Pequeña empresa, Mediana empresa, Gran empresa).
  • Local comercial (Propio o Arriendo).
  • Tiempo de funcionamiento (Menos de un año,1-3 años, 4-6 años, 7-9 años, Más de 10 años).
  • Excepción a la que aplica la empresa o establecimiento de comercio, acorde al decreto 593 del 2020:

 

  1. Parqueaderos públicos para vehículos.
  2. Ejecución de obras de infraestructura de transporte y obra pública.
  3. Suministros de materiales e insumos para infraestructura de transporte y obra pública.
  4. Ejecución de obras de obras de construcción de edificaciones.
  5. Suministro de materiales e insumos para construcción de edificaciones.
  6. Operación aérea y aeroportuaria.
  7. Comercialización de los productos y de establecimientos y locales gastronómicos (Plataformas de comercio electrónico y o pro entrega a domicilio).
  8. Actividades de la industria hotelera.
  9. Sistemas computacionales.
  10. Redes de comunicaciones.
  11. Plantas industriales o minas.
  12. Manufacturas de productos textiles.
  13. Transformación de madera.
  14. Fabricación de papel, cartón, y sus productos y derivados.
  15. Fabricación de productos químicos, metales, eléctricos, maquinaria y equipos.
  16. Fabricación, reparación, mantenimiento, compra y venta de repuestos y accesorios de bicicletas convencionales y eléctricas.
  17. Transporte de carga.
  18. Comercialización de medicamentos.
  19. Productos farmacéuticos.
  20. Equipos y dispositivos de tecnologías en salud.

 

  • Actividad económica (Digitar el código CIIU registrado en cámara de comercio como actividad principal, sin puntos ni comas).
  • Inscrito Industria y Comercio de Zipaquirá (Si/No).
  • Nombre del representante legal o persona que solicita la apertura del establecimiento de comercio.
  • Cédula representante legal.
  • Teléfono del representante legal o persona que solicita apertura del establecimiento de comercio.
  • Email del representante legal o persona que solicita apertura del establecimiento de comercio.
  • Cámara de comercio vigente, no mayor a 90 días (En PDF). Protocolo de bioseguridad a implementar por la empresa, acorde a la resolución 666 del 24 de abril del 2020 (En pdf).

 

La Administración Municipal estará verificando los datos suministrados por los empresarios y analizando los protocolos de bioseguridad a implementar.

 

De esta manera se programarán visitas de acompañamiento para garantizar un ambiente de trabajo en adecuadas condiciones y así autorizar la reactivación de labores.

 

Consulte, Aquí, la Resolución 666 del 24 de abril del 2020.

 

 

Consulte, Aquí, Decreto Presidencial 593 de 2020.

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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