Seguramente ha oído hablar del Impuesto 4×1000, un gravamen que se activa cuando supera ciertos montos en sus cuentas. Pero, ¿sabe si este impuesto también se aplica a las billeteras digitales como Nequi y Daviplata?

El Impuesto 4×1000 en Colombia

Para entenderlo mejor, primero debemos aclarar qué es el 4×1000. El Banco BBVA lo define como el impuesto del Gobierno Nacional que implica pagar $4 por cada $1,000 en transacciones financieras. Aunque los bancos recaudan este impuesto, el dinero se destina directamente a las arcas del Estado, sin que las entidades financieras obtengan ningún beneficio.

El 4×1000 comenzó como un impuesto temporal en Colombia, diseñado para abordar crisis financieras puntuales. No obstante, se convirtió en un gravamen constante el 16 de noviembre de 1998, cuando el Gobierno implementó el 2X1000 como respuesta a la crisis bancaria que enfrentaba el país.

¿Cómo se aplica el 4×1000 en billeteras digitales?

En el contexto de billeteras digitales como Nequi y Daviplata, la aplicación del 4×1000 se rige por el estatuto tributario. Todos los depósitos de bajo monto, anteriormente conocidos como «Cats,» deben pagar 4×1000 cuando superan las 65 Unidades de Valor Tributario (UVT).

Estas 65 UVT equivalen a $2.76 millones, un umbral que tanto Nequi como DaviPlata han establecido en sus plataformas. Nequi, por ejemplo, señala que «si su cuenta Nequi tiene límites, deberá pagar 4×1000 cuando supere $2,756,780 en retiros, envíos o pagos durante el mes.»

Sin embargo, en cuentas de ahorro, aquellas que no superen los 350 UVT o $14.7 millones mensuales pueden estar exentas de este impuesto, según lo establece el estatuto tributario.

DaviPlata, por su parte, exime a sus usuarios del 4×1000 hasta que alcancen las 65 UVT.

Pero hay un detalle importante: por ley, los colombianos solo pueden tener una cuenta exenta del 4×1000. Por lo tanto, si desea mantener una cuenta libre de este impuesto, asegúrese de cumplir con este requisito. Además, tenga en cuenta que puede solicitar esta exención en cualquier momento, no necesariamente cuando abre la cuenta.

Por ley, los colombianos solo pueden tener una cuenta exenta del 4×1000.

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