“Las sanciones escolares deben respetar el debido proceso”: Corte Constitucional
La educación, pilar fundamental de la sociedad, volvió al centro del debate jurídico tras un pronunciamiento contundente de la Corte Constitucional. La Sala Quinta de Revisión recordó a las instituciones educativas del país que las sanciones disciplinarias deben estar fundamentadas en criterios justos y ajustarse a las circunstancias particulares de cada caso.
El contexto: sanciones arbitrarias que afectan el derecho a la educación
El pronunciamiento de la Corte surge a partir de dos casos de adolescentes cuyas matrículas escolares fueron canceladas para el periodo lectivo 2023-2024. Las decisiones disciplinarias, tomadas por sus respectivas instituciones educativas, fueron cuestionadas por los padres de los estudiantes, quienes acudieron al mecanismo de tutela argumentando la vulneración de los derechos al debido proceso y a la educación.
En el primero de los casos, la Corte concluyó que el colegio omitió los requisitos y garantías previstos en el ‘Artículo 29’ de la Constitución Nacional de Colombia, que regula el debido proceso. Esto no solo afectó el derecho fundamental del estudiante, sino que agravó su proceso de escolarización tardía.
En el segundo caso, aunque el adolescente logró reubicarse en otra institución educativa, la Corte determinó que la sanción inicial fue desproporcionada y que se desconocieron sus derechos.
Los parámetros para sancionar en el ámbito escolar
La Corte fue enfática al señalar que las sanciones no deben ser arbitrarias ni desproporcionadas. Según el fallo, las instituciones educativas deben considerar:
- La edad y madurez psicológica del estudiante.
- Las circunstancias en las que ocurrió la falta.
- Las condiciones personales y familiares del involucrado.
- La existencia o ausencia de medidas preventivas en el colegio.
- Los efectos prácticos que tendrá la sanción.
- La obligación del Estado de garantizar la permanencia de los adolescentes en el sistema educativo.
Un llamado a las instituciones
Como medida correctiva, la Corte ordenó a una de las instituciones revisar su manual de convivencia escolar e implementar mejoras procesales. Entre estas, destacó la necesidad de establecer un periodo probatorio y mecanismos efectivos de comunicación para que tanto los estudiantes sancionados como sus padres estén informados de cada etapa del proceso disciplinario.
“La educación no solo es un derecho fundamental, también es un servicio público con una función social. Estado, sociedad y familia son corresponsables de garantizarla”, recordó la Corte en su fallo.
Este llamado busca garantizar que las decisiones disciplinarias en el entorno escolar no se conviertan en obstáculos para el derecho a la educación y que se respeten las garantías constitucionales de los estudiantes.
Las instituciones deberán ajustar sus manuales de convivencia para garantizar justicia y transparencia.
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