En Cajica operativos de control y nuevas medidas en el marco sanitario por el covid 19
Seguridad

En Cajicá, operativos de control y nuevas medidas en el marco sanitario por el covid 19

Los parqueaderos y lugares donde se realiza mantenimiento a los vehículos solo pueden prestar sus servicios de lunes a viernes de 7:00 A.M. a 3:00 P.M.

Casa de Gobierno de Cajicá.


CAJICÁ, CUNDINAMARCA.


La Secretaría de Transporte y Movilidad de Cajicá en articulación con la Unidad de Tránsito y Transporte, vienen realizando operativos de control y seguimiento a los buses intermunicipales que se dirigen a la ciudad de Bogotá.

 

Se verifica que los vehículos cumplan con las medidas de bioseguridad, además que no excedan el cupo permitido. Así también se recuerda el distanciamiento entre usuarios y el uso de tapabocas, guantes y gel antibacterial para reducir el riesgo de contagio del covid-19.

 

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La Alcaldía expidió los decretos 075 y 076 de 2020 que establecen nuevas medidas en el marco de la emergencia sanitaria ocasionada por el covid 19.

 

  1. El pico y cédula se mantiene tal como se venía realizando hasta ahora.
  2. Pueden desarrollar actividad física personas entre los 18 y 60 años, máximo una hora de lunes a viernes desde las 6:00 a las 7:00 de la mañana y en el radio máximo de un kilómetro de distancia del lugar de su residencia. Deben llevar el tapabocas puesto, y portal alcohol y/o gel antibacteral para su aplicación correctamente.
  3. Para reactivar el trabajo de empresas del sector de la construcción y de la Industria manufacturera, los representantes legales deben enviar al correo electrónico [email protected] de la Secretaría de Desarrollo Económico los documentos indicados en el artículo 2 del Decreto 076 de 2020.
  4. Los protocolos de las Empresas de Construcción y las de Manufactura serán revisadas y vigiladas por la Secretaría de Salud (Decreto 076 de2020).
  5. Las Empresas de Construcción y las de Manufactura solo podrán ejercer su actividad de lunes a viernes de 7:00 de la mañana a 3:00 de la tarde (Decreto 076 de 2020).
  6. Las Empresas de Servicio Público deben garantizar mínimo una distancia de un metro entre sus pasajeros, desinfectar el vehículo al inicio y finalización de cada ruta y no transportar personas de pie (Decreto 076 de 2020.
  7. Los parqueaderos y lugares donde se realiza mantenimiento a los vehículos solo pueden prestar sus servicios de lunes a viernes en el horario de 7:00 de la mañana a 3:00 de la tarde.

 

Los protocolos de las Empresas de Construcción y las de Manufactura serán revisadas y vigiladas por la Secretaría de Salud.

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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