BogotáVía Electoral 2023

Colombia: Calendario del segundo semestre para las Elecciones Regionales 2023

Las elecciones regionales en Colombia, cobran una importancia relevante porque definirán el rumbo que tomara la pacificación del país, estas se llevarán a cabo el 29 de octubre, donde se elegirán gobernadores, alcaldes, diputados, concejales y ediles que estarán en el periodo comprendido entre 2024 y 2027.

Los candidatos se encuentran compitiendo dentro del terreno por los partidos y movimientos políticos que disputaran sus fuerzas en la jornada de elecciones, esto incluye gobernadores, alcaldes, concejales de ciudades y municipios, diputados departamentales y ediles de las Juntas Administradoras Locales (JAL).

Los comicios a elegir según la registraduría Nacional son:

  • 418 diputados que conformaran las asambleas departamentales.
  • 32 gobernadores.
  • 102 alcaldes.
  • 513 ediles que conformaran las Juntas Administradoras Locales (JAL).
  • 072 concejales de todos los municipios y ciudades del país.

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Toda la ciudadanía que se encuentre en territorio colombiano y cumpla con los requisitos necesarios y establecidos podrán ejercer el derecho fundamental al voto, para el mes de octubre. Por otro lado, los colombianos que se encuentren en el extranjero no serán obligados a votar, a menos que hayan ingresado al país para el momento de la jornada electoral.

Los extranjeros residentes en Colombia podrán sufragar siempre y cuando residan en el país durante al menos cinco (5) años.

Recuerde que debe verificar su lugar de votación correspondiente, si ya no reside en el mismo lugar donde voto el año anterior, deberá modificar su punto de votación.

Fechas que debe tener en cuenta según la Registraduría Nacional:

  • 29 de junio: Vence el plazo para el registro de los comités inscriptores de grupos significativos de ciudadanos, movimientos sociales y comités independientes promotores del voto en blanco.
  • 29 de junio: Suspensión de la incorporación al censo electoral de cédulas de primera vez con el fin de elaborar las listas de sufragantes.
  • 29 de junio: Inicia el periodo de inscripción de candidatos y listas de candidatos (vence el 29 de julio).
  • 29 de julio: Inicia la propaganda electoral en el espacio público.
  • 29 de julio: Publicación del censo electoral.
  • 29 de julio: Vence el plazo para que los comandantes de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional remitan el listado de cédulas de los miembros de las distintas fuerzas, que deben excluirse del censo electoral.
  • 29 de julio: Vence el periodo de inscripción de candidatos y listas de candidatos.
  • 29 de julio: Solicitud por parte de los registradores de las listas de las personas que pueden prestar el servicio de jurados de votación a entidades públicas, privadas, directorios políticos y establecimientos educativos.
  • 31 de julio: Inicia el periodo para la modificación de candidatos y listas de candidatos por renuncia o no aceptación de la postulación (vence el 4 de agosto).
  • 2 de agosto: Los registradores, en acuerdo con el respectivo alcalde, establecerán mediante resolución los lugares donde se instalarán las mesas de votación.
  • 2 de agosto: Inicia la propaganda electoral a través de los medios de comunicación.
  • 4 de agosto: Vence el periodo para la modificación de candidatos y listas de candidatos por renuncia o no aceptación.
  • 4 de agosto: Los delegados del registrador nacional del Estado Civil y los registradores distritales deben reportar los candidatos inscritos.
  • 6 de agosto: Publicación del listado de candidatos inscritos, en un sitio visible de las dependencias de la Registraduría Nacional del Estado Civil y del Consejo Nacional Electoral, así como en su página en Internet.
  • 6 de agosto: La Registraduría Nacional del Estado Civil remite a los organismos competentes la lista de candidatos cuyas inscripciones fueron aceptadas para certificar sobre causales de inhabilidad, especialmente al Consejo Nacional Electoral y a la Procuraduría General de la Nación.
  • 29 de agosto: Cierre de la inscripción de ciudadanos para votar.
  • 29 de agosto: Inicia el periodo de propaganda política gratuita, publicada en los medios de comunicación.
  • 15 de septiembre: Conformación de listas de delegados del Consejo Nacional Electoral para llevar a cabo los escrutinios generales.
  • 29 de septiembre: Vence el plazo para la modificación de candidaturas revocadas por causas constitucionales o legales, inhabilidad sobrevenida o evidenciada con posterioridad a la inscripción.
  • 6 de octubre: Selección de delegados del Consejo Nacional Electoral.
  • 13 de octubre: Designación de comisiones escrutadoras y claveros por parte de los Tribunales Superiores del Distrito Judicial.
  • 14 de octubre: Fecha límite para realizar el sorteo y publicación de listas de jurados de votación.
  • 18 de octubre: Vence el plazo de inscripción de nuevas candidaturas en caso de muerte o incapacidad física permanente.
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  • 27 de octubre: Vence el plazo para la postulación y se procede a la acreditación y publicación del listado de testigos electorales por parte de la autoridad electoral.
  • 27 de octubre: Inicia la inmunidad de los miembros de las comisiones escrutadoras, sus secretarios y claveros.
  • 27 de octubre: 8 horas antes de que inicie la votación, ya no podrá ser visible la propaganda política en los medios de comunicación.
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En la ciudad de Bogotá se contará con una particularidad para estas elecciones, pues se dará una segunda vuelta, ya que para el año 2019 se modificó el artículo 323 por medio del acto legislativo 03 de 2019, donde se aplica desde estas elecciones para llevar a cabo una segunda contienda.

Esta se dará siempre y cuando el candidato en primera posición obtenga el 40 %, pero no supere al segundo más votado por 10 puntos porcentuales.

El 29 de octubre las unas estarán abiertas desde las 08:00 A.M. hasta las 04:00 P.M., tiempo en el cual los ciudadanos podrán ejercer su derecho al voto al depositar su boleta por el candidato a elegir y en el lugar donde se encuentre inscrita su cédula de ciudadanía, después de eso, sobre las 03:00 P.M. los miembros de las comisiones escrutadoras darán inicio al conteo de votos hasta la media noche.

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Actualmente, el país cuenta con 12.187 puestos de votación, los cuales están distribuidos en 5.605 zonas urbanas y 7.212 zonas rurales, representando un crecimiento de 1.227 a comparación con las elecciones regionales del año 2019.

Se contarán con alrededor de 120.000 mesas de votación en todo el país.

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