Así deben elegir las asambleas a su secretario general, según el Consejo de Estado

El Alto Tribunal determinó que, ante el vacío legal, se debe aplicar por analogía la Ley 1904 de 2018, garantizando mérito, transparencia y legalidad en el proceso.

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En un concepto clave para la Organización Administrativa de los Departamentos, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado estableció los criterios jurídicos que deben seguir las asambleas departamentales para elegir a su secretario general, ante la falta de una norma especial expedida por el Congreso.

La alta corte, mediante el Concepto 2531 del 10 de diciembre de 2024, dio respuesta a una consulta del Ministerio del Interior y concluyó que, mientras no se expida una ley específica, se debe aplicar por analogía la Ley 1904 de 2018, que reglamenta el procedimiento de elección del Contralor General de la República. Esta directriz se apoya en lo dispuesto por el Artículo 153 de la Ley 2200 de 2022, que permite el uso supletorio de dicha normativa.

Convocatoria pública, pruebas y entidades acreditadas: los requisitos

Según el Consejo de Estado, el proceso de elección debe regirse por principios de mérito, transparencia, participación ciudadana, equidad de género y publicidad, por lo cual se deben cumplir los siguientes pasos:

  • La elección debe estar precedida de una convocatoria pública, tal como lo exige el ‘Artículo 126’ de la Constitución Política y los Artículos 19, 32 y 33 de la Ley 2200 de 2022.
  • La Mesa Directiva de la Asamblea debe contratar a una institución de educación superior con acreditación de alta calidad, encargada de desarrollar el proceso de selección, incluida la prueba de conocimientos.
  • La asamblea debe garantizar los recursos presupuestales necesarios y coordinar su ejecución con la Secretaría de Hacienda Departamental.
  • Los reglamentos internos de las asambleas no pueden modificar ni el procedimiento ni los requisitos del cargo, ya que son materias de reserva legal.

Estas disposiciones buscan blindar el proceso de designación contra arbitrariedades y garantizar que se seleccione a los funcionarios con base en criterios objetivos y legales.

Llamado al Congreso para legislar con urgencia

En su concepto, la Sala de Consulta exhorta al Congreso de la República y al Gobierno Nacional a expedir una ley específica que regule de manera detallada este procedimiento, tal como lo ordena el Artículo 126 de la Constitución. Esta omisión legislativa ha generado incertidumbre en las asambleas, que ahora cuentan con una guía clara mientras se adopta la regulación definitiva.

Compromiso institucional y disponibilidad pública del concepto

Con este pronunciamiento, el Consejo de Estado ratifica su compromiso con la seguridad jurídica y el fortalecimiento de la institucionalidad territorial, mediante una interpretación responsable del ordenamiento jurídico.

El Concepto 2531, cuya reserva fue levantada mediante auto del 12 de junio de 2025, ya está disponible para conocimiento público y consulta por parte de autoridades, ciudadanía y medios especializados.

Convocatoria pública, evaluación por universidades
acreditadas y pruebas de conocimiento
son parte del proceso.