En Colombia, alcanzar una pensión es un objetivo fundamental para los trabajadores que buscan asegurar su vejez después de cumplir con los requisitos establecidos por la ley. Sin embargo, algunos ciudadanos colombianos pueden aspirar a más, ya que la legislación permite que ciertos trabajadores accedan a dos pensiones simultáneamente.

¿Quiénes pueden cobrar doble pensión?

Según la Ley 100 de 1993, los trabajadores pueden recibir dos pensiones si estas provienen de diferentes regímenes de la Seguridad Social. Esto incluye la combinación de pensión de vejez y pensión de sobreviviente, o pensión de invalidez y pensión de sobreviviente. Un pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia también respalda la posibilidad de recibir una pensión de invalidez y una de vejez al mismo tiempo.

Aquellos que cumplen con los requisitos para generar pensiones en dos regímenes diferentes también pueden beneficiarse de esta disposición. La Corte Suprema de Justicia establece que, en caso de tener dos pensiones, el monto máximo a percibir es de 20 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Requisitos para acceder a dos pensiones:

La condición principal para cobrar dos pensiones simultáneamente es que estas provengan de regímenes de la Seguridad Social distintos. Lo común es que el trabajador haya cotizado tanto de manera independiente como dependiente, acumulando al menos 15 años en cada uno de los regímenes.

Además, es esencial alcanzar la edad de jubilación ordinaria, fijada en 65 años para quienes tengan al menos 37 años y tres meses cotizados, y de 66 para el resto.

Detalles según los regímenes:

En el Régimen de Prima Media con Prestación Definida:

  • Pensión por vejez: Hombres a los 62 años, mujeres a los 57, con un mínimo de 1.300 semanas.
  • Pensión por invalidez: Requiere ser calificado con una pérdida de capacidad del 50% o más y mínimo 50 semanas de cotización en los últimos tres años.
  • Pensión de sobreviviente: Beneficiario del pensionado fallecido con un mínimo de 50 semanas cotizadas en los últimos tres años.

En el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad:

  • Pensión de vejez: Hombres a los 62 años, mujeres a los 57, con al menos 1,150 semanas.
  • Pensión por invalidez: Calificación con una pérdida de capacidad del 50% o más y mínimo 50 semanas de cotización en los últimos tres años.
  • Pensión de sobreviviente: Beneficiario del pensionado fallecido con un mínimo de 50 semanas cotizadas en los últimos tres años.

Cabe mencionar que, según el Gobierno, hasta el 24 de octubre de 2023, en Colombia había 1’627.075 pensionados de Colpensiones, el fondo público que ofrece diversas pensiones, cada una con requisitos y beneficios específicos.

Sin embargo, algunos ciudadanos colombianos pueden aspirar a más, ya que la legislación permite que ciertos trabajadores accedan a dos pensiones simultáneamente.

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