Personero de Zipaquira oficio a Enel Codensa por los altos costos en la energia domiciliaria
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Personero de Zipaquirá ofició a Enel-Codensa por los altos costos en la energía domiciliaria

“Sírvanse explicar los motivos que conllevaron a que Enel-Codensa hiciera incrementos del 40% en el costo de la energía eléctrica.

Personero de Zipaquirá Miller Mauricio Castro Duque.


ZIPAQUIRÁ, CUNDINAMARCA.


El personero de Zipaquirá, Miller Mauricio Castro Duque, ante las evidentes denuncias presentadas por la comunidad respecto a los altísimos cobros de energía domiciliaria realizados por Enel-Codensa, ofició a esta empresa para que dé respuesta ante las diferentes quejas e inquietudes para que se haya tomado esta decisión, de manera especial sobre el porqué del incumplimiento al Decreto 517 de 2020 entre otros interrogantes de alto interés sobre este particular.

 

En su solicitud, el Personero acogiéndose además, a las decisiones adoptadas por el Presidente de la República, Iván Duque Márquez, en el Decreto 517 del 04 de abril de 2020, «por el cual se dictan disposiciones en materia de servicios públicos de energía eléctrica y gas combustible, en el marco del estado de emergencia, económica, social y ecológica declarado por el Decreto 417 de 2020«, en concordancia con lo establecido en el Decreto 441 del 20 de marzo de 2020, los Artículos 4º y 14 de la Ley 142 de 1994, el contenido de la Resolución 385 del 12 de marzo de 2020, del Ministerio de Salud y la Protección Social, y las atribuciones establecidas en los artículos 215 y 365 de la Constitución Política de Colombia; pide la siguiente información:

 

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  1. Qué acciones se han adoptado por parte de Enel Codensa S.A ESP, con el fin de garantizar el servicio de energía eléctrica a los usuarios de Zipaquirá, que a la fecha de entrada en vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria, tenían suspendido el servicio por el no pago oportuno del mismo.

 

  1. Informar el número de usuarios del servicio de energía, que a la entrada en vigencia de la declaratoria de emergencia sanitaria tenían suspendido el servicio y que en virtud de las decisiones adoptadas por el Gobierno Nacional les fue restablecido el mismo.

 

  1. En el evento que alguno de los predios no se les haya hecho la reconexión, dar a conocer a la Personería de Zipaquirá los motivos por los cuales no se ha realizado.

 

  1. Informar si la Empresa adoptó el pago diferido del costo del servicio de energía eléctrica a usuarios de estratos 1 y 2, el cual se podrá hacer por un plazo de treinta y seis (36) meses, conforme se dispuso en el Decreto 517 del 04 de abril de 2020. En caso afirmativo, informar cuantos usuarios se han beneficiado.

 

  1. Adicional a lo anterior, sírvanse informar si se han adoptado otros beneficios para los usuarios de la energía eléctrica, quienes han visto reducida la capacidad de pago con ocasión de la pandemia que ha generado la declaratoria de la emergencia sanitaria.

 

  1. Finalmente, sírvanse explicar a la Personería los motivos que conllevaron a que por parte de ENEL CODENSA S.A ESP, se hicieran incrementos de aproximadamente el 40% en el costo de la energía eléctrica, situación está que en nada se compadece con las familias zipaquireñas que no resisten más cargas económicas en estas épocas de crisis. Lo anterior, en el sentir de esta agencia del Ministerio Público, va en contravía de la realidad que estamos viviendo y una total desconexión con el Gobierno Nacional, que ha buscado a través de una serie de disposiciones proferidas en virtud del estado de excepción, una salida que facilite el pago de los servicios públicos.

 

“Las familias zipaquireñas que no resisten más cargas económicas en estas épocas de crisis”.

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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