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Comunidad

Personería de Zipaquirá convoca a elección de integrantes del Comité de estratificación

La presencia de los representantes de la comunidad es de vital importancia para conformar el correspondiente Comité.


ZIPAQUIRÁ, CUNDINAMARCA.


El personero de Zipaquirá, Miller Mauricio Castro Duque, hace un llamado a la comunidad zipaquireña de los sectores rural y urbano, para que asistan a la reunión que se llevará a cabo el jueves 14 de marzo próximo a las 9:00 de la mañana, en el Centro de Emergencias Salón SOS, ubicado en la carrera 10 No. 12-32 del barrio la Esmeralda en Zipaquirá, con el fin de realizar la elección de los miembros del Comité de Estratificación.

La presencia de los representantes de la comunidad es de vital importancia para conformar el correspondiente Comité de Vigilancia a la gestión de las autoridades y entidades encargadas de la estratificación municipal”, manifestó Castro Duque a través de una misiva.

La elección estará delimitada bajo los siguientes aspectos normativo definidos por el Modelo del reglamento del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica expedido por el Departamento Nacional de Planeación.

 

Requisitos para ser integrante del Comité de representación de la Comunidad.

Para ser miembro del Comité Permanente de Estratificación en representación de la Comunidad de Usuarios de Servicios Públicos Domiciliarios, es necesario cumplir con los siguientes requisitos mínimos:

  1. Ser mayor de edad.
  2. Ser residente permanente del municipio o distrito en el cual funcione el Comité.
  3. Tener por lo menos hasta último grado de primaria.
  4. Ser usuario de al menos un Servicio Público Domiciliario prestado por una Empresa que opere en la localidad en el cual funcione el Comité.

El Comité podrá de común acuerdo con el Personero o quien haga sus veces, definir requisitos superiores según la localidad.

 

Incompatibilidades e inhabilidades de los integrantes del Comité.

Las siguientes son las causales de incompatibilidad e inhabilidad para los miembros del Comité Permanente de Estratificación y, por tanto, quienes incurran en alguna de ellas no podrán formar parte del mismo, o siendo miembros deberán ser reemplazados inmediatamente por el Personero Municipal o Distrital, o quien haga sus veces, si se trata de representantes de la comunidad, o por las Empresas Comercializadoras si se trata de representantes de las mismas, previa comunicación de la circunstancia por parte de cualquier miembro del Comité.

 

  1. Por parte de los miembros representantes de la comunidad:
  2. Quienes sean funcionarios o empleados de alguna Empresa de Servicios Públicos que opere en el Municipio o Distrito, o tengan parentesco con alguno de ellos.
  3. Quienes tengan deudas morosas de más de 90 días con cualquier Empresa de Servicios Públicos que preste servicio en el respectivo Municipio o Distrito.
  4. Quienes sean servidores públicos.
  5. Quienes participen en campañas para cargos de elección popular.
  6. Quienes estén inhabilitados para ejercer cargos públicos.

 

  1. Por parte de los miembros representantes de las Empresas Comercializadoras.
  2. Quienes sean funcionarios o empleados de la Alcaldía o tengan parentesco con alguno de ellos.
  3. Quienes hayan sido sancionados laboralmente.
  4. Quienes estén inhabilitados para ejercer cargos públicos.

PERSONERO

“La reunión que se llevará a cabo el jueves 14 de marzo próximo a las 9:00 de la mañana, en el Centro de Emergencias Salón SOS”.

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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