Abrir una cuenta en una red social durante años requirió poco más que escribir una fecha de nacimiento. Sin una comprobación efectiva, cualquier menor podía modificar el año y entrar a plataformas que, por regla general, establecían una edad mínima de 13 años en sus condiciones de uso.
Ese sistema comienza a quedar atrás. La preocupación por el acoso digital, la explotación sexual, los contenidos violentos, la recopilación de información personal y el uso compulsivo llevó a varios gobiernos a endurecer las condiciones de acceso a Instagram, TikTok, Facebook, YouTube, X y otros servicios.
Australia ya exige a determinadas plataformas impedir que los menores de 16 años mantengan cuentas. Francia aprobó una restricción para quienes no hayan cumplido 15, mientras España, Noruega, Grecia y Malasia preparan disposiciones semejantes.
Colombia, entretanto, mantiene una estrategia basada en la educación digital, la prevención y la protección de datos. Hasta el 27 de julio de 2026, el país no había aprobado una prohibición nacional que excluyera de manera general a los menores de las redes sociales.
Australia responsabiliza directamente a las plataformas
Desde el 10 de diciembre de 2025, las empresas comprendidas por la legislación australiana deben adoptar medidas razonables para impedir que los menores de 16 años creen o conserven cuentas.
La responsabilidad no recae sobre los niños ni sobre sus familias. Son las compañías tecnológicas las encargadas de comprobar la edad, identificar los perfiles que incumplan la disposición y restringirlos. Las empresas que desconozcan estas obligaciones podrían afrontar sanciones judiciales de hasta 54,6 millones de dólares australianos.
La medida no abarca automáticamente los servicios cuyo propósito principal sea la mensajería, la educación o los videojuegos. Los menores tampoco están impedidos para observar contenidos públicos cuando estos se encuentren disponibles sin iniciar sesión.
Un primer balance oficial indicó que las plataformas restringieron o retiraron cerca de 4,7 millones de cuentas identificadas como pertenecientes a usuarios menores de 16 años. La cifra mostró la dimensión que había alcanzado la presencia infantil en estos espacios.
Francia fija el límite en los 15 años
El Parlamento francés aprobó el 21 de julio de 2026 una legislación que restringe el acceso de menores de 15 años a redes sociales. La disposición contempla el bloqueo de nuevas cuentas, mecanismos de verificación y una revisión posterior de perfiles existentes.
Francia había establecido en 2023 una “mayoría digital” a los 15 años, aunque permitía el acceso con autorización parental. La nueva decisión adopta un enfoque más severo al reducir la posibilidad de que el consentimiento de los adultos sea suficiente.
Su implementación todavía podría pasar por controles constitucionales y por un examen de compatibilidad con las competencias regulatorias de la Unión Europea.
Otros países preparan restricciones
Indonesia comenzó en marzo de 2026 una implementación gradual para impedir que menores de 16 años mantengan cuentas en plataformas consideradas de alto riesgo, entre ellas Facebook, Instagram, TikTok, YouTube, X y Threads.
La medida responde a riesgos relacionados con pornografía, explotación sexual, fraude, intimidación y comportamientos compulsivos. Su alcance dependerá de la clasificación asignada a cada servicio y de los sistemas empleados para comprobar la edad.
España anunció una reforma dirigida a impedir el acceso de menores de 16 años a determinadas plataformas digitales. La propuesta contempla verificaciones efectivas y responsabilidades para los directivos de las empresas, pero en julio de 2026 continuaba en trámite legislativo.
Noruega también prepara una normativa para evitar que las plataformas ofrezcan redes sociales a niños hasta el año en que cumplan 16. Grecia anunció restricciones para menores de 15 años y Malasia estudia establecer el límite en 16.
Vietnam analiza un modelo diferente: permitir que los menores de 16 años consulten contenidos, pero impedirles publicar, comentar o reaccionar mediante cuentas propias. El registro estaría vinculado con la información de sus padres o representantes.
Europa exige mayor protección, pero no impone un veto general
La Unión Europea no cuenta con una prohibición común para todos sus Estados. Su estrategia se concentra en las obligaciones de las plataformas bajo la Ley de Servicios Digitales.
Estas compañías deben fortalecer la privacidad, evaluar los riesgos de sus algoritmos, disminuir la exposición a contenidos perjudiciales, evitar diseños que promuevan el uso compulsivo y abstenerse de dirigir publicidad personalizada a menores.
La Comisión Europea presentó en julio de 2025 un prototipo de aplicación que permitiría confirmar si una persona supera determinada edad sin revelar su identidad completa. La alternativa busca evitar que cada plataforma almacene documentos, fechas de nacimiento u otros datos innecesarios.
El Reino Unido tampoco estableció una exclusión general para menores de 16 años. Su legislación exige controles robustos para impedir el acceso infantil a pornografía y obliga a reducir la exposición a contenidos sobre suicidio, autolesiones, trastornos alimentarios, violencia y retos peligrosos.
Colombia no prohíbe que los menores tengan redes sociales
En Colombia no existe una ley que impida de manera general que niños y adolescentes tengan cuentas. Las edades mínimas establecidas por las empresas, usualmente 13 años, pertenecen a sus condiciones de servicio y no corresponden a una prohibición ordenada por el Estado.
La Ley 2489 del 17 de julio de 2025 incorporó disposiciones para promover entornos digitales sanos y seguros. Su orientación se concentra en la educación, la prevención de violencias digitales y la coordinación entre autoridades, familias, instituciones educativas y compañías tecnológicas.
La norma también fortalece la protección de la intimidad, la imagen y los datos personales de niños y adolescentes. Posteriormente, el Decreto 769 de 2026 reglamentó parte de estas disposiciones, sin establecer un veto nacional al uso de redes sociales.
Proyecto plantea controles para menores de 14 años
El Proyecto de Ley 074 de 2025 Cámara propone regular las plataformas que operan en Colombia.
El texto presentado contempla que los menores de 14 años no puedan ser titulares ni acceder a cuentas sin consentimiento de sus padres o representantes.
La propuesta incluye mecanismos de verificación de identidad y edad. No se trata, sin embargo, de una prohibición absoluta, pues conserva la autorización parental y todavía no ha sido aprobada como ley.
Durante su discusión aparecieron cuestionamientos relacionados con la libertad de expresión, el acceso a la información, la autonomía progresiva, el anonimato y el tratamiento de datos biométricos.
También se ha debatido si una regulación de esta naturaleza debería tramitarse como ley estatutaria. La Comisión de Regulación de Comunicaciones recomendó retirar el artículo relacionado con los menores, mientras sectores de la industria solicitaron modificar o archivar la iniciativa.
La información de los menores tiene protección reforzada
El Artículo 7 de la Ley 1581 de 2012 limita el tratamiento de los datos personales de niños, niñas y adolescentes. Cualquier utilización debe respetar su interés superior y garantizar sus derechos fundamentales.
Esta protección no les impide utilizar redes sociales, pero sí condiciona la manera en que empresas, instituciones y particulares recopilan, almacenan, procesan o divulgan su información.

Un grupo de adolescentes utiliza dispositivos móviles mientras crece el debate sobre la edad mínima, la verificación de acceso y la protección de menores en las redes sociales. Fotografía de referencia.
La Corte Constitucional también ha reconocido que internet ofrece oportunidades educativas, comunicativas y de participación, pero puede exponer a los menores a contactos peligrosos, explotación y divulgación incontrolada de información.
En la Sentencia T-260 de 2012, la Corte destacó la importancia del acompañamiento familiar y determinó que los controles sobre las comunicaciones deben ser necesarios y proporcionales. En la Sentencia T-245A de 2022, recordó la responsabilidad de los padres frente a la intimidad, la imagen y los datos de sus hijos cuando publican contenido sobre ellos.
Salud mental y uso compulsivo impulsan la discusión
La Organización Mundial de la Salud informó que el 11 % de los adolescentes estudiados presentaba señales de uso problemático de redes sociales, frente al 7 % registrado en 2018. La proporción llegó al 13 % entre las niñas y al 9 % entre los niños.
La autoridad sanitaria de Estados Unidos señaló que permanecer más de tres horas diarias en estas plataformas está asociado con el doble de riesgo de presentar síntomas de ansiedad y depresión. También reconoció que persisten vacíos científicos para determinar las causas y explicar por qué los efectos varían entre adolescentes.
Quienes respaldan las restricciones consideran que una edad mínima puede disminuir la exposición temprana a pornografía, autolesiones, violencia, presiones sobre la apariencia física y contacto con adultos que buscan explotar a menores.
Los críticos advierten que las prohibiciones pueden ser evadidas mediante fechas falsas, cuentas prestadas o redes privadas virtuales. También temen que los menores migren hacia servicios menos vigilados o pierdan espacios de aprendizaje, participación y apoyo emocional.
UNICEF sostiene que los límites de edad, aplicados de forma aislada, no garantizan la seguridad. El organismo recomienda acompañarlos con alfabetización digital, privacidad desde el diseño, protección de datos, mecanismos de denuncia y participación de niños y adolescentes.
El riesgo de verificar la edad mediante datos sensibles
Una de las mayores dificultades consiste en comprobar la edad sin crear un sistema de vigilancia sobre toda la población.
Entre las alternativas estudiadas están la presentación de documentos de identidad, la autorización parental verificable, el reconocimiento facial, la información de operadores móviles y el análisis automatizado del comportamiento de las cuentas.
Cada mecanismo presenta riesgos. Solicitar cédulas o imágenes faciales aumenta la recopilación de información sensible, mientras los sistemas de estimación automatizada pueden equivocarse, discriminar o bloquear injustificadamente a algunos usuarios.
Una opción con menor exposición sería utilizar credenciales digitales que únicamente confirmen si la persona supera la edad exigida, sin revelar su nombre, fecha de nacimiento o número de identificación.
Colombia deberá decidir hasta dónde regular
Una eventual restricción obligaría al país a definir qué plataformas estarían cubiertas, cuáles servicios quedarían exceptuados, si se permitiría el consentimiento parental y qué autoridad se encargaría de vigilar a las empresas.
También sería necesario establecer un método de verificación que no comprometa la privacidad y demostrar que cualquier limitación resulta necesaria y proporcional frente a los derechos de expresión, información, intimidad y autonomía progresiva.
El debate va mucho más allá de determinar si un adolescente puede abrir una cuenta. También involucra los algoritmos que recomiendan contenidos, la publicidad personalizada, el contacto con desconocidos, la explotación comercial de datos y la capacidad de las plataformas para responder ante una denuncia.
Mientras distintos países endurecen sus normas, Colombia continúa apostando por la prevención, el acompañamiento familiar y la educación digital. La decisión pendiente será si conserva este modelo o fija una edad mínima legal que transforme el acceso de niños y adolescentes a las redes sociales.

Colombia no tiene actualmente una prohibición general que impida a niños y adolescentes abrir cuentas en redes sociales.










