Economía

Lo que usted debe saber sobre plusvalía en Chía

Solo es objeto de plusvalía los metros cuadrados aprovechables de cada predio.


CHÍA, CUNDINAMARCA


 

La entrada en vigencia del nuevo Plan de Ordenamiento Territorial en Chía (POT) –que dejó atrás el acuerdo 17 del año 2000 y le dio vigencia al acuerdo 100 del 2016-, les generó a unos 11.000 predios en el Municipio cambios en el uso del suelo y, por ende, mayores índices de aprovechamiento. Eso, en otras palabras, quiere decir que el nuevo POT valorizó esas tierras.

Así las cosas, y para poner un ejemplo al azar, un grueso de predios ubicados sobre la margen oriental de la autopista norte, en la vereda Yerbabuena, ahora pueden ser desarrollados con alturas de hasta siete pisos para actividades comerciales e institucionales, algo que no permitía el POT anterior. Eso, para seguir con el ejemplo, significa que esa tierra ahora tiene mayor potencial de aprovechamiento.

 A ese fenómeno se le conoce como plusvalía y se traduce en un tributo que los propietarios que resulten beneficiados deben pagarle una única vez al Municipio. Acorde con el Estatuto Tributario que sustenta dicho pago –el acuerdo 107 de 2016- el valor establecido es de 35 por ciento de participación para el Municipio.

¿Cuánto y cuándo hay que pagar?

Pero… ¿eso qué quiere decir? ¿Cómo saber cuánto y cuándo hay que pagar? Las respuestas son simples. Para liquidar la plusvalía, el Municipio debe hacer dos avalúos en cada uno de los predios. El primero, acorde con el POT anterior. Y el segundo, acorde con el nuevo POT. La diferencia entre ambos valores da la base para calcular la plusvalía.

Hagámoslo con cifras reales. Si el metro cuadrado de un lote estaba avaluado en $200.000, es probable que el nuevo avalúo establezca el nuevo valor en $250.000. A esos 50.000 de diferencia habría que sacarle el 35 por ciento. Eso da $17.500. Ese sería el costo que habría que pagar por metro cuadrado de terreno.

Sobre eso, Hilda Alfonso, directora de Ordenamiento Territorial de Chía, aclara que solo es objeto de plusvalía los metros cuadrados aprovechables de cada predio. “Si el predio incluye, por ejemplo, una ronda de río, esta no debe incluirse dentro de la liquidación del tributo”, explicó la funcionaria.

 Así mismo, la directora explicó los otros dos hechos generadores de plusvalía adicionales al que ya se explicó anteriormente. “Además del cambio del uso del suelo, genera plusvalía un mayor aprovechamiento, que cobija a los predios en los que ahora es permitida más edificación o más altura. Y el último hecho generador es el suelo rural que se incorpora a las zonas de expansión urbana, es decir, a los planes parciales”, dijo la funcionaria.

Por último, se refirió al momento en el que se debe pagar la plusvalía. “El tributo debe pagarse cuando se quiere aprovechar el nuevo valor del suelo. Eso es al momento de construir, de vender o de subdividir el terreno”, explicó la directora.

Es de anotar que la plusvalía solamente afecta parte del Municipio: acorde con cifras oficiales, el 87% del perímetro urbano y un poco más del 7% del sector rural.

“Para saber si usted debe pagar o no plusvalía, lo mejor es que se acerque a la Dirección de Ordenamiento Territorial, en El Curubito. Allí le entregamos copia del decreto, planos y buscamos la liquidación en caso de que tenga que pagar”, concluyó la funcionaria.

plusvalia

“Un grueso de predios ubicados sobre la margen oriental de la autopista norte, en la vereda Yerbabuena, ahora pueden ser desarrollados con alturas de hasta siete pisos para actividades comerciales e institucionales”.

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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