Gobernadores y alcaldes de Colombia deberán actuar de manera inmediata para prevenir, atender y sancionar cualquier forma de violencia física, mental, psicológica o sexual contra niños, niñas y adolescentes en instituciones educativas públicas y privadas.
Las autoridades territoriales tendrán que fortalecer la inspección y vigilancia sobre los establecimientos educativos, garantizar la protección de los estudiantes y verificar que cada denuncia sea atendida oportunamente mediante los procedimientos establecidos.
La instrucción fue emitida por la Procuraduría General de la Nación mediante un memorando dirigido también a los secretarios de Educación y a los responsables de las oficinas de Control Interno Disciplinario de las Entidades Territoriales Certificadas en Educación.
Colegios deberán revisar protocolos y activar las rutas de atención
Entre las medidas solicitadas se encuentran la actualización de los protocolos institucionales y la activación inmediata de la Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar cuando se conozca un posible caso de violencia contra un menor de edad.
El requerimiento contempla, además, el fortalecimiento de los mecanismos de prevención, protección, investigación y sanción. Las actuaciones deberán comenzar desde el primer reporte y evitar demoras que puedan agravar la situación de las víctimas o dificultar el esclarecimiento de los hechos.
Las instituciones educativas y las autoridades competentes también deberán proteger a víctimas, denunciantes y testigos ante posibles represalias, señalamientos, estigmatización o nuevas vulneraciones de sus derechos.
Procesos por presunta violencia sexual deberán avanzar con celeridad
El Ministerio Público instó a los jefes de Control Interno Disciplinario a tramitar con diligencia los procesos relacionados con presuntos casos de violencia sexual en colegios.
Cuando los hechos puedan constituir una conducta penal o requieran la intervención de otras entidades, la información deberá ser remitida inmediatamente a las autoridades competentes. La medida busca prevenir omisiones, retrasos o actuaciones que puedan poner en riesgo a los estudiantes o favorecer la impunidad.
El memorando recuerda que las investigaciones disciplinarias no sustituyen las actuaciones penales ni las medidas administrativas de protección que correspondan en cada caso.
Autoridades educativas deberán entregar un reporte en ocho días
Las Entidades Territoriales Certificadas en Educación tendrán ocho días hábiles, contados a partir del requerimiento, para informar las quejas y denuncias registradas entre enero de 2025 y el 30 de junio de 2026.
El reporte permitirá conocer los casos recibidos durante ese periodo y revisar la respuesta brindada por las autoridades educativas y disciplinarias responsables.
El documento fue suscrito por la Procuraduría Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia, la Familia y la Mujer; la Procuraduría Delegada Disciplinaria de Instrucción Cuarta para la Vigilancia Administrativa, y la Procuraduría Delegada para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública.
Con estas directrices, el organismo de control insistió en que la protección de niños, niñas y adolescentes exige una actuación coordinada y oportuna. Gobernaciones, alcaldías, secretarías de Educación y colegios deberán atender cada reporte, proteger a quienes denuncien y facilitar la investigación de los hechos.
Las víctimas y quienes denuncien o aporten información deberán ser protegidos frente a represalias,
señalamientos y revictimización.













