Declara nula
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Declarada nula y sin efectos jurídicos las elecciones de dignatarios de Asojuntas Zipaquirá

Hasta la noche de ayer, miércoles 31 de enero, según el Secretario General de Asojuntas, Luis Miguel Ríos Arciniegas, no habían sido notificados 

Luis Miguel Ríos Arciniegas/Secretario general de Asojuntas/Foto/Cortesía.


ZIPAQUIRÁ, CUNDINAMARCA.


Mediante Resolución 001 del 29 de enero de 2018 la Comisión de Convivencia y Conciliación (Fedecomunal-Cundinamarca) profirió el fallo en el cual resolvió declarar nulas  y sin efectos jurídicos las elecciones de Dignatarios de la Asociación de Juntas del Municipio de Zipaquirá (ASOJUNTAS) realizadas en Zipaquirá el día 31 de julio de 2016 en razón a que no fueron realizadas dentro de la normatividad legal vigente ni de acuerdos con los estatutos que regulan la misma.

La demanda de impugnación fue radicada el día 11 de agosto de 2016 ante la Comisión de Convivencia y Reconciliación de la Federación de Cundinamarca , interpuesta por los señores Héctor González, Walter Giovanni Acosta Niño, Germán Rincón, Pedro Antonio Sánchez y William Danilo Ospina.

Los impugnantes presentaron ante la Comisión de Convivencia y Conciliación, una serie de presuntas situaciones irregulares que al parecer se presentaron en etapa posterior a una reunión de Asamblea Preparatoria de la ‘Elección de Dignatarios’  de la Asociación de Juntas, decisiones que, según los quejosos, afectaron el desarrollo de las elecciones  del 31 de julio de 2016.

Los quejosos solicitaron ante Fedecomunal que las elecciones sean anuladas y se convoque a nuevas elecciones con la veeduría de la Federación; que se aplique las sanciones a que haya lugar y que se tenga en cuenta únicamente las dos planchas que cumplieron con lo expresado  por la Asamblea Preparatoria.

Finalmente y tomando las consideraciones que estimaron los integrantes de la  Comisión de Convivencia y Conciliación (Fedecomunal-Cundinamarca), declararon nulas estas elecciones dejándola sin efecto jurídicos, ya que consideraron que no fueron realizadas dentro de la normatividad.

También expresa en el documento Fedecomunal, que contra esta resolución procede recurso de reposición y el subsidio de apelación que se surtiría ante la Comisión de Convivencia y Conciliación de la Confederación Nacional de Acción Comunal y se interpondrá dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de notificación.

“Contra esta resolución procede recurso de reposición y de apelación ante la Comisión de Convivencia y Conciliación de la Confederación Nacional de Acción Comunal”.

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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