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Conozca cómo y desde cuánto en Zipaquirá y los demás municipios de Sabana Centro se penalizará el consumo excesivo de agua

La Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA) anunció recientemente la implementación de medidas penitenciarias para desincentivar el consumo excesivo de agua en Colombia, lo que incluye a la provincia de Sabana Centro. La directora de la CRA, Ruth Maritza Quevedo, dio a conocer la Resolución CRA 39 de 2024, la cual responde a la necesidad de abordar la escasez de precipitaciones atribuida al fenómeno de El Niño.

En el marco de las iniciativas gubernamentales para impulsar un uso más racional del agua, la CRA, respaldada por la Ley 373 de 1997, tiene ahora la autoridad para establecer límites de consumo excesivo. Aquellos usuarios que superen estos límites verán reflejado un aumento en sus facturas de servicio de acueducto.

La entidad pide a las empresas prestadoras del servicio a implementar medidas efectivas para asegurar el acceso al agua, incluyendo la reducción de pérdidas y la exploración de alternativas en sus planes de emergencia.

La medida de desincentivo se aplica a nivel nacional y permanecerá vigente hasta que el Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales (Ideam) declare el cese de los efectos del fenómeno de El Niño.

Límites del consumo de excesivo de agua:

La regulación se aplica a usuarios residenciales y no residenciales, excluyendo inquilinatos, entidades sin ánimo de lucro registradas, hogares comunitarios y áreas comunes de propiedades bajo el régimen de Propiedad Horizontal.

El cálculo del desincentivo toma en cuenta el promedio de las fuentes hídricas que abastecen el sistema de acueducto. Si este desciende por debajo del 95 % de su capacidad, se aplicará la penalización de la siguiente manera.

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De acuerdo con el artículo 6, como se tiene en cuenta el piso térmico donde se presta el servicio público domiciliario de acueducto, para los once municipios de Sabana Centro: Cota, Chía, Tenjo, Tabio, Cajicá, Sopó, Tocancipá, Gachancipá, Zipaquirá, Cogua y Nemocón, que se encuentran con una altitud promedio por encima de los 2.000 metros sobre el nivel del mar, el nivel de consumo excesivo será desde los 22 metros cúbicos (m³) al mes, por suscriptor.

Esta medida busca no solo desincentivar el derroche del recurso hídrico y fomentar una conciencia colectiva sobre la importancia de un consumo responsable en tiempos de escasez.

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