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Desarrollo

«Con la Ley de Vivienda Segura, los colombianos pueden estar más tranquilos a la hora de comprar casa»: Elsa Noguera

Las nuevas edificaciones que se construyan contarán con la reglamentación más rigurosa.

Elsa Noguera


BOGOTÁ.


La Ministra de Vivienda, Elsa Noguera, celebró que la Ley de Vivienda Segura, que endurece las medidas de seguridad para construir y protege al comprador de vivienda, ya fue sancionada por el presidente de la República, Juan Manuel Santos.

“Esta es una gran noticia para las familias colombianas que buscan una vivienda y que ahora tendrán la tranquilidad de que las nuevas edificaciones que se construyan en el país contarán con la reglamentación más rigurosa posible”, dijo la Ministra.

Esta Ley cuenta con mecanismos de control más fuertes a la elaboración y revisión de diseños, a la expedición de licencias y a la supervisión de obras. Además se mejoran los procesos de certificación y garantías patrimoniales.

Entre las medidas que contempla la Ley 1796 del 13 de julio de 2016, está la independencia de revisores y supervisores de los constructores en edificaciones de más de 2.000 metros de altura, “se acaba el ‘yo con yo’ en la vigilancia de las construcciones en el país” explicó la jefe de la cartera de Vivienda.

También se obligará a que los curadores urbanos hagan parte de una lista de elegibles que será resultado de un concurso de méritos y se creará la Superintendencia Delegada para el ‘Control de Curadores Urbanos’.

“Lo que buscamos como Gobierno es seguir fortaleciendo todos los mecanismos de control a la elaboración y revisión de diseños, a la expedición de licencias y a la supervisión de cada una de las obras habitacionales que permitan garantizarles a los compradores de vivienda que su nuevo patrimonio en realidad es la mejor inversión que pueden hacer en sus vidas”, expresó Noguera.

Esta Ley que entra en vigencia desde hoy también ata la aprobación de las licencias de construcción a la certificación del cumplimiento de las normas urbanísticas de los Planes de Ordenamiento Territorial, POT, y las de sismo resistencia. “Como sector constructor debemos estar preparados y seguir construyendo viviendas seguras, pues los colombianos no estamos exentos de que suceda algo como el terremoto de Ecuador de hace algunos meses”, finalizó la Ministra.

Cabe recordar que con la entrada en vigencia de la Ley de Vivienda Segura el constructor o el enajenador de vivienda nueva, estará obligado a cubrir los perjuicios patrimoniales causados a los propietarios cuando dentro de los 10 años siguientes a la expedición de la Certificación Técnica de Ocupación de una vivienda nueva.

 


ABC de la Ley de Vivienda Segura

¿Qué contiene el proyecto de ley de vivienda segura?

 

1.- Protección a los compradores de vivienda.

Es obligación de constructores y enajenadores de vivienda amparar los perjuicios patrimoniales causados a los propietarios afectados por el colapso o amenaza de ruina, como consecuencia de deficiencias en el proceso constructivo.

 

2.- Incremento de las medidas de seguridad de las edificaciones.

Todas las edificaciones de vivienda con más de 2.000 metros de construcción deberán contar con revisores y supervisores independientes del constructor. Se eliminan todas las excepciones que autorizaban a los constructores a realizar la supervisión de sus propias obras.

Todos los supervisores técnicos deberán estar inscritos en el Registro Único Nacional de Profesionales Acreditados, lo cual permite garantizar que los profesionales sean especialistas en estructuras y cuenten con la experiencia e idoneidad necesarias.

Una vez concluidas las obras, y previo a la ocupación de las nuevas edificaciones, el supervisor técnico deberá expedir, bajo la gravedad de juramento, el Certificado Técnico de Ocupación, el cual manifieste que la edificación se construyó de conformidad con la licencia de construcción y cumpliendo las normas de sismo resistencia.

 

3.- Mayor vigilancia para los curadores urbanos.

Se creará la Superintendencia Delegada para el control de curadores urbanos, adscrita a la Superintendencia de Notariado y Registro, para efectos de la inspección, vigilancia y control del proceso de selección de los curadores urbanos.

La nueva Superintendencia Delegada adelantará el concurso nacional de méritos para elaborar la lista de elegibles de curadores urbanos. De la lista que defina la Superintendencia los alcaldes podrán designar el curador urbano para su municipio o distrito.

 

“Entre las medidas que contempla la Ley 1796 del 13 de julio de 2016, está la independencia de revisores y supervisores de los constructores en edificaciones de más de 2.000 metros de altura, “se acaba el ‘yo con yo’ en la vigilancia de las construcciones en el país” explicó la jefe de la cartera de Vivienda”.

 

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Equipo de redacción de Extrategia Medios

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