La Administración Municipal de Zipaquirá, estableció el 27 de octubre de 2021 el calendario académico para el año 2022 en los establecimientos educativos oficiales de educación preescolar, básica y media del Municipio de Zipaquirá, Cundinamarca.

Serán cuarenta (40) semanas lectivas de trabajo con los estudiantes y se distribuirán en dos semestres del año escolar 2022, de acuerdo con las siguientes fechas:

  • Primer periodo semestral: del lunes 24 de enero al domingo 19 de junio de 2022.
  • Segundo periodo semestral: del lunes 04 de julio al domingo 27 de noviembre de 2022.

Para el desarrollo de las cuarenta (40) semanas lectivas de trabajo académico con los estudiantes, el Rector de la Institución Educativa fijará el horario de cada docente, distribuido para cada día de la semana, discriminando el tiempo dedicado al cumplimiento de la asignación académica, a las actividades curriculares complementarias y a la orientación de estudiantes.

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Este horario debe publicarse en un lugar visible de la institución educativa, y en los medios digitales que tenga a disposición cada establecimiento educativo. Igualmente debe comunicarse a los padres de familia una (1) vez al semestre.

El Día E será desarrollado por las Instituciones Educativas en la fecha que fije el Ministerio de Educación para el año académico 2022.

Actividades de desarrollo institucional

Los Directivos Docentes y Docentes de las Instituciones Educativas Municipales, además de las cuarenta (40) semanas de trabajo académico con estudiantes. dedicarán cinco (05) semanas del año 2022 a realizar actividades de desarrollo institucional, así:

  • Primera semana: del lunes 1O de enero al domingo 16 de enero de 2022.
  • Segunda semana: del lunes 17 de enero al domingo 23 de enero de 2022.
  • Tercera semana: del lunes 11 de abril al domingo 17 de abril de 2022.
  • Cuarta semana: del lunes 10 de octubre al domingo 16 de octubre   de
  • 2022.
  • Quinta semana: del lunes 28 de noviembre al domingo 04 de diciembre de 2022.

Las actividades de Desarrollo Institucional se refieren al tiempo dedicado por los Directivos Docentes y los Docentes a la formulación, desarrollo, evaluación, revisión y ajuste del Proyecto Educativo Institucional (PEI); a la elaboración, seguimiento y evaluación del plan de estudios; a la investigación y actualización pedagógica; a la evaluación institucional anual; a otras actividades de coordinación con organismos e instituciones que incidan directa o indirectamente en la prestación del  servicio educativo.

Vacaciones de los directivos docentes y docentes

En cumplimiento de las normas vigentes, las fechas para el disfrute de las siete (07) semanas de vacaciones a que tienen derecho los Directivos Docentes y Docentes al Servicio del Municipio de Zipaquirá, serán los siguientes:

  • Dos semanas: del lunes 20 de junio al domingo 03 de julio de 2022.
  • Cinco semanas: del lunes 05 de diciembre de 2022 al domingo 08 de enero de 2023.

Receso estudiantil

Las doce (12) semanas calendario de receso estudiantil se distribuirán así:

  • Dos semanas: del lunes 1O de enero al domingo 16 de enero de 2022
  • al domingo 23 de enero de 2022.
  • Una semana: del lunes 11 de abril al domingo 17 de abril de 2022.
  • Dos semanas: del lunes 20 de junio al domingo 03 de julio de 2022.
  • Una semana: del lunes 1O de octubre al domingo 16 de octubre de 2022.
  • Seis semanas: del lunes 28 de noviembre de 2022 al domingo 08 de enero de 2023.

Actividades de planeación institucional

Dentro del desarrollo de las cinco (5) semanas dedicadas a la Planeación y Desarrollo Institucional, determinadas en el artículo 2° de la resolución E No. 768, la Secretaría de Educación coordinará con cada Institución Educativa, a través de su área de Calidad, una agenda que permita desarrollar las acciones de medición de resultados en cuanto a Evaluación Institucional y Plan de Mejoramiento Institucional, para aplicar reorientaciones y ajustes oportunos a cada Proyecto Educativo Institucional (PEI) y a los diferentes Planes Operativos. Así mismo, para desarrollar actividades previstas dentro del Plan de Formación Territorial de Docentes y Directivos Docentes.

  • El Plan Operativo Anual 2022 deberá ser elaborado entre el 10 de enero y el 23 de enero de 2022, y radicado a más tardar a 30 de enero de 2022 en la Secretaría de Educación.
  • La Autoevaluación Institucional del año académico 2022, con carácter participativo y según los formatos establecidos por La Secretaría de Educación, deberá ser desarrollada indispensablemente y radicada durante la semana comprendida entre el 28 de noviembre y el 04 de diciembre de 2022.
  • El desacato a lo ordenado dará lugar a responsabilidad disciplinaria del cuerpo directivo de cada una de las Instituciones Educativas Oficiales.

Adopción del calendario institucional

El rector adoptará mediante Resolución el Calendario Institucional del año lectivo 2022, lo difundirá entre la comunidad educativa y presentará informes bimestrales sobre su desarrollo y cumplimiento al Consejo Directivo y a la Asamblea de Padres de Familia.

  • El rector de cada Institución Educativa velará por el cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 2.4.3.4.2 del Decreto 1075 de 2015, el cual al tenor de la letra estipula: «Las Autoridades Territoriales, los Consejos Directivos, los rectores o directores de los establecimientos educativos no son competentes para autorizar variaciones en la distribución de los días fijados para el cumplimiento del Calendario Académico y la jornada escolar, ni para autorizar la reposición de clases por días no trabajados cese de actividades académicas».

Programa   de   educación   para   jóvenes y adultos

Los Establecimientos Educativos Oficiales que ofrezcan el Programa de Educación para Jóvenes y Adultos en la modalidad de Ciclos Lectivos Especiales Integrados (CLEI) correspondiente a la Educación Básica (CLEI I al IV), se sujetarán a los tiempos establecidos en la Resolución E 968, y para los Ciclos de Educación Media (CLEI V y VI) ajustarán las dos semanas adicionales conforme a lo establecido en el “Artículo 2.3.3.5.3.5.1” del Decreto Nacional 1075 de 2015 y con referencia a su programación desde inicio de labores escolares.

Calendario de los establecimientos educativos no oficiales

Los Establecimientos Educativos No Oficiales darán cabal cumplimiento a lo establecido en la Resolución Nacional No. 1730 de 2004, el Artículo 2.3.3.1.11.1 y siguientes, del Decreto 1075 de 2015 y la Directiva Ministerial No. 15, de agosto 21 de 2009.

Actividades de apoyo especial

Las actividades curriculares grupales o individuales organizadas por cada Institución Educativa para aquellos estudiantes que requieran apoyos especiales conducentes a superar las insuficiencias académicas, son componente esencial de las actividades pedagógicas ordinarias. La Institución no podrá organizar actividades grupales o individuales que afecten o modifiquen la permanencia de los estudiantes en su institución y jornada normal.

Jornada escolar

En lo reglado expresamente en la Resolución E No. 670 se aplicarán las disposiciones del Artículo 2.4.3.1.1 y siguientes del Decreto 1075 de 2015 y las normas que lo modifiquen o adicionen.

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Inspección, vigilancia   y control

La Secretaría de Educación de Zipaquirá ejercerá las funciones de Inspección, Vigilancia y Control en las Instituciones Educativas Oficiales y No Oficiales del Municipio, de conformidad con lo establecido en el Artículo 2.3.7.1.1 y siguientes del Decreto 1075 del 2015 de mayo de 1996 y la Resolución No 352 de 2013.

El desacato a lo ordenado dará lugar a responsabilidad disciplinaria del cuerpo directivo de cada una de las Instituciones.

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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1 Comment

  1. Buen día amigos de extrategia
    Mi pregunta es . Abra vigilancia privada para las instituciones y así evitar cosas como las que sucedieron en el liceo superior .
    Y de las cuales nadie responde o colabora!?
    Gracias.

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