“El Artículo 6 de la Ley 2232 de 2022 es constitucional. Este artículo establece un plazo de dos años para restringir la comercialización y distribución de productos plásticos de un solo uso, como pitillos, bolsas e hisopos” según lo conceptuó la Procuradora General de la Nación, Margarita Cabello Blanco

La jefe del Ministerio Público argumenta que estos productos deben ser sustituidos en un corto plazo, dado que son contaminantes y existen alternativas que generan menor impacto en el medio ambiente. Además, señala que la restricción no debe ampliarse al plazo de ocho años que se fijó para otros elementos como los envases de plástico.

La Procuradora sostiene que el término de dos años otorgado está respaldado por estudios técnicos y acuerdos de la Mesa Nacional para la Gestión Sostenible del Plástico. Asimismo, asegura que la diferenciación en el plazo fijado no vulnera el principio de igualdad ni las libertades económicas, ya que existe una razón suficiente para ello.

En consecuencia, la Procuradora General pide a la Corte Constitucional declarar exequible la norma demandada, cuyas prohibiciones sobre el uso de pitillos, bolsas e hisopos de plástico de un solo uso entrarán plenamente en vigencia en el año 2024.

Esta medida busca facilitar la eliminación progresiva de la utilización regular de plásticos de un solo uso sin afectar desproporcionadamente a las empresas productoras y comercializadoras de los mismos.

El término de dos años otorgado, está respaldado por estudios técnicos y acuerdos de la Mesa Nacional para la Gestión Sostenible del Plástico”.

Foto portada: Imagen de referencia Depositphotos

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