Seguridad

Alcalde de Tocancipá prohíbe el consumo de sustancias psicoactivas cerca a los colegios

La medida también se extiende a escenarios deportivos y culturales, parques, línea férrea, centros religiosos, centros médicos, centros infantiles, infraestructuras públicas y otros.

Alcalde de Tocancipá, Jorge Andrés Porras Vargas.


TOCANCIPÁ, CUNDNAMARCA.


Mediante el Decreto 008 del 20 de enero de 2020, el alcalde del municipio de Tocancipá, Jorge Andrés Porras Vargas, prohibió el consumo de sustancias sicoactivas en los entornos de colegios, parques y escenarios culturales y deportivos entre otros.

 

Con base de las actividades de control efectuadas por parte de las diferentes dependencias de la Administración Municipal, de la Policía Nacional y demás organismos o entidades que prestan seguridad en el Municipio, se ha evidenciado la constante presencia de personas consumiendo sustancias psicoactivas y prohibidas al interior y alrededor de los parques, instituciones educativas, escenarios deportivos y culturales del municipio, entre otros, causando además, gran preocupación por las comunidades, también debido al incremento de inseguridad.

 

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Atendiendo lo anterior, el alcalde Porras Vargas, como Primera Autoridad de Policía del Municipio, buscando mantener y preservar el orden público, propendiendo por la sana con convivencia, las buenas actitudes y acciones tendientes a generar armonía en Tocancipá, y de esta manera preservar la seguridad, vida y honra de todos los habitantes de la jurisdicción, además de atender el llamado de los ciudadanos, especialmente de padres de familia expidió el Decreto que en su Artículo Primero dice: “prohíbase el consumo de sustancias psicoactivas durante las 24 horas del día de lunes a domingo, en un área de influencia de doscientos (200) metros alrededor del perímetro de las instituciones, centros educativos o entornos educativos de carácter público y privado, escenarios deportivos, centros culturales, parques, línea férrea, centros  religiosos,  centros médicos, centros infantiles, infraestructuras públicas y establecimientos de comercio cuya actividad comercial esté relacionada con la venta de bebidas embriagantes, ubicados en jurisdicción del Municipio de Tocancipá”, y en el parágrafo informa que “en caso de encontrarse una o varias personas vulnerando el presente Decreto, serán sujetos de los medios de Policía contemplados en el Artículo 167 de la Ley 1801 de 2016 y/o medidas correctivas para este tipo de comportamientos, postuladas en el Artículo 34 y 140 Ley 1801 de 2016 y demás normas  que  la  modifiquen,  adicionen  o  sustituyan,  a  través  del  procedimiento establecido para tal fin.

 

Finalmente, el alcalde exhorta a la Policía Nacional, Inspectores de Policía y demás autoridades y organismos que prestan seguridad en el municipio, dar estricto cumplimiento a las medidas contenidas en el Decreto que ya está rigiendo, y demás disposiciones establecidas en las leyes que regulan la materia, de acuerdo con sus atribuciones y competencias.

 

Con el fin de fortalecer el cumplimiento del Decreto se realizarán operativos permanentes y continuos para verificar su cumplimiento.

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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