Tenencia de fauna silvestre como mascota: esto establece la ley colombiana sobre multas y penas de prisión

La legislación colombiana sanciona la tenencia, compra o comercialización de animales silvestres con multas superiores a los 400 mil pesos y penas de prisión que pueden llegar a 11 años, en un país que concentra una de las mayores biodiversidades del planeta.

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En Colombia, tener un animal silvestre como mascota constituye una infracción ambiental y, en determinados casos, un delito penal. Así lo establecen el Código Nacional de Policía y Convivencia y el Código Penal, normas que en 2026 continúan vigentes para quienes mantengan, compren o comercialicen fauna extraída de su hábitat natural sin autorización de la autoridad ambiental competente.

La práctica persiste en distintas ciudades del país, donde hogares mantienen tortugas, iguanas y caimanes al margen de lo permitido por la ley. Las autoridades ambientales advierten que ninguna de estas especies está adaptada para la vida doméstica y que su extracción del entorno natural afecta directamente el equilibrio de los ecosistemas de origen.

¿Qué dice la ley de Colombia sobre tener animales silvestres en casa?

El artículo 101 de la Ley 1801 de 2016, que corresponde al Código Nacional de Policía y Convivencia, establece que mantener fauna silvestre en el hogar sin el permiso correspondiente de la autoridad ambiental puede derivar en el decomiso preventivo del animal. A esta medida se suma una multa general tipo 3, cuyo valor asciende actualmente a $466.908.

Esta sanción aplica de manera independiente a otras consecuencias legales que pueda enfrentar la persona responsable, según la gravedad y las circunstancias de cada caso.

¿Qué penas de prisión contempla el tráfico de fauna silvestre en Colombia?

Más allá de la sanción policiva, el artículo 328 de la Ley 2111 de 2021 tipifica como delito el tráfico, la adquisición, la exportación o la comercialización sin permiso de especímenes, productos o partes de fauna acuática o silvestre, incluidas las especies exóticas. Quien incurra en esta conducta puede enfrentar penas de entre 5 y 11 años de prisión.

A esta sanción penal se suman multas que, según la gravedad de la infracción, pueden llegar hasta los 76.000 millones de pesos, cifra que refleja el nivel de afectación que la ley atribuye a este tipo de delitos ambientales.

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¿Qué especies resultan más afectadas por esta práctica?

Entre los animales que con mayor frecuencia terminan en manos de particulares como mascotas se encuentran tortugas, iguanas y caimanes, especies que, de acuerdo con las autoridades ambientales, requieren condiciones específicas de hábitat, alimentación y comportamiento que no pueden reproducirse en un entorno doméstico.

La práctica persiste en distintas ciudades del país, donde hogares mantienen tortugas, iguanas y caimanes al margen de lo permitido por la ley.