La Procuraduría General de la Nación ordenó el archivo definitivo de la investigación disciplinaria adelantada contra Wilson Javier Rojas Moreno, exdirector administrativo y financiero del SENA, y Alicia Lara Ahumada, integrante del Comité Evaluador, por presuntas irregularidades en la adjudicación de un contrato para servicios de reingeniería y modelamiento de procesos, cuyo valor superaba los $3.100 millones.
El caso se originó tras la apertura de un concurso de méritos en el que, según la investigación preliminar, se habría adjudicado el contrato a un oferente que no cumplía los requisitos técnicos habilitantes exigidos en los pliegos de condiciones, especialmente en lo relacionado con la convalidación de títulos académicos obtenidos en el exterior.
Cuestionamientos durante la investigación
De acuerdo con la Procuraduría, en la etapa inicial del proceso se señaló que Rojas Moreno aprobó la adjudicación del contrato y la suscripción del acta bilateral, pese a que el proponente habría incluido profesionales sin la validación formal de sus títulos ante el Ministerio de Educación Nacional. En el mismo sentido, se cuestionó que Alicia Lara hubiera otorgado aval técnico a la propuesta, a pesar de las presuntas inconsistencias detectadas.
Estas actuaciones motivaron la formulación de cargos disciplinarios, los cuales fueron calificados provisionalmente como presuntas faltas gravísimas, atribuidas a los investigados a título de culpa gravísima.
Archivo por falta de acreditación
Sin embargo, tras el análisis probatorio y jurídico del expediente, el Ministerio Público concluyó que no se logró demostrar la configuración de la falta disciplinaria, razón por la cual aplicó la causal prevista en el Artículo 90 del Código General Disciplinario, que permite la terminación anticipada del proceso cuando la conducta atribuida no se acredita.
En consecuencia, la Procuraduría Delegada de Juzgamiento dispuso cerrar el proceso y archivar las diligencias, decisión que fue notificada a los sujetos procesales, quienes podrán interponer recurso de apelación ante la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento.
La determinación fue registrada en los sistemas internos de la Procuraduría y quedó sujeta a los trámites administrativos de rigor, conforme a la normatividad disciplinaria vigente.

La decisión se adoptó con base en el artículo 90 del
Código General Disciplinario.













