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Perros y gatos podrían ser embargados: ¿una medida justa o un retroceso en la protección animal?

En Colombia, la Corte Suprema Justicia ha tomado una decisión que ha generado revuelo en la sociedad y en el mundo de la protección animal. En una sentencia reciente, se ha ratificado la posibilidad de embargar a los animales de compañía, como perros y gatos, dentro de procesos judiciales.

El fallo se originó a raíz de un caso de divorcio, donde una ciudadana presentó una Acción de Tutela ante la Corte, después de que un juzgado de familia ordenara el embargo y secuestro de sus dos caninos, Romero y Salvador (un American Bully de cinco años y uno Criollo de seis años, respectivamente).

El magistrado Aroldo Quiroz salvó el voto y se mostró en desacuerdo con la decisión, exponiendo que los animales de compañía no pueden ser tratados como bienes inmuebles. Quiroz argumentó que los animales de compañía tienen un papel muy importante en la vida de las personas y que su estatus ha evolucionado en los últimos años.

Y, entre el debate, se expresó que esta medida es un retroceso en el bienestar animales y que contradice la jurisprudencia de la Corte Constitucional y la Ley 1774 de 2026, que señala: “los animales como seres sintientes, no son cosas; recibirán especial protección contra el sufrimiento y el dolor, en especial, el causado directa o indirectamente por los humanos, por lo cual en la presente Ley se tipifican como punibles algunas conductas relacionadas con el maltrato a los animales, y se establece un procedimiento sancionatorio de carácter policivo y judicial”.

Finalmente, la sentencia de la Corte Suprema de Justicia puede ser llevada a revisión ante la Corte Constitucional, lo que podría unificar la jurisprudencia y garantizar una mayor protección para los animales de compañía.

Se ha ratificado la posibilidad de embargar a los animales de compañía, como perros y gatos, dentro de procesos judiciales.

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