Ley Seca Zipaquirá, 26 de octubre: Horarios y restricciones electorales

El Decreto 193 de 2025, emitido por la Alcaldía Municipal, detalla las restricciones específicas para garantizar el orden, la seguridad y la convivencia pacífica durante las Consultas Populares del próximo 26 de octubre. Conozca los horarios exactos de la Ley Seca, las prohibiciones sobre propaganda y el manejo del porte de armas.

4 min de lectura
Imagen de referencia. Tomada de: https://depositphotos.com/es/home.html
- Publicidad -

La Alcaldía de Zipaquirá, en cabeza de Fabián Mauricio Rojas, ha expedido el Decreto No. 193 del 24 de octubre de 2025, con el fin de establecer las medidas necesarias para garantizar la seguridad y el orden público durante la jornada de Consultas Populares, Internas o Interpartidistas que se llevará a cabo el próximo domingo 26 de octubre de 2025.

El decreto, fundamentado en las facultades constitucionales y legales de la administración municipal para preservar la tranquilidad ciudadana, dicta varias disposiciones, siendo la más relevante la aplicación de la medida de Ley Seca en el municipio.

Ley seca en Zipaquirá:

A continuación, le explicamos en detalle cómo se implementarán las principales restricciones:

1. Ley Seca: Prohibición de Expendio y Consumo de Bebidas Embriagantes

La medida de Ley Seca, entendida como la restricción para la venta y consumo de licor, aplicará de la siguiente manera:

  • ¿Desde cuándo aplica? Desde las seis de la tarde (06:00 p.m.) del sábado 25 de octubre de 2025.
  • ¿Hasta cuándo aplica? Hasta las seis de la mañana (06:00 a.m.) del lunes 27 de octubre de 2025.
  • ¿Dónde aplica? La prohibición rige en el área de trescientos metros (300 m) a la redonda de todos los puestos de votación establecidos en el municipio.
  • Sanciones: El incumplimiento de esta disposición será sancionado con las medidas correctivas que establezca el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana.

2. Restricción de Propaganda Electoral

El Decreto 193 prohíbe toda actividad de proselitismo político durante el día de la jornada electoral:

  • Propaganda prohibida: Se prohíbe cualquier tipo de propaganda, manifestaciones, comunicados y entrevistas con fines político-electorales a través de radio, prensa, televisión y cualquier medio móvil, estático o sonoro.
  • Excepción: Los electores tienen permitido portar un (1) elemento de ayuda (el conocido ‘lapicero elector’ o similar) con un tamaño máximo de 10 centímetros por 5.5 centímetros, portado en un lugar no visible, para recordar el partido o candidato de su preferencia.
  • Incautación: La Policía Nacional decomisará cualquier tipo de propaganda proselitista que esté siendo distribuida o portada el domingo 26 de octubre, con excepción del elemento de ayuda mencionado.
Lea También:  Un día como hoy: Mons. Jorge Enrique Jiménez Carvajal fue consagrado Obispo de Zipaquirá

3. Porte de Armas

Se suspenden los permisos para el porte de armas, con el fin de reforzar la seguridad durante la jornada:

  • Suspensión: Las autoridades militares suspenderán los permisos para el porte de armas desde las seis de la tarde (06:00 p.m.) del sábado 25 de octubre hasta las seis de la mañana (06:00 a.m.) del lunes 27 de octubre de 2025.

4. Medidas de Tráfico

Se han ordenado cierres viales y medidas especiales de tráfico:

  • Cierres: La Secretaría de Movilidad de Zipaquirá dispondrá el cierre de las vías aledañas a los puestos de votación y puestos de transmisión de resultados. Se recomienda a la ciudadanía tomar las precauciones necesarias y consultar los cierres específicos.

Se invita a la ciudadanía de Zipaquirá a ejercer su derecho al voto en tranquilidad y a acatar rigurosamente las disposiciones del Decreto para el buen desarrollo de la jornada electoral.

Decreto No. 193 del 24 de octubre de 2025, con el fin de establecer las
medidas necesarias para garantizar la seguridad y el orden público durante la jornada de Consultas Populares,
Internas o Interpartidistas.