“La educación religiosa en colegios públicos no puede imponer un credo particular”
En un reciente fallo, la ‘Sala Primera de Revisión’ de la Corte Constitucional abordó un caso que pone en relieve las tensiones entre la educación pública y la libertad religiosa en Colombia. El caso involucra a Sara, una niña de 9 años que, a pesar de profesar la fe cristiana, se vio inmersa en un conflicto tras recibir clases de religión en su colegio público que promovían oraciones católicas, ajenas a sus creencias.
El conflicto comenzó cuando Vicente, el padre de Sara, solicitó a la profesora que respetara la libertad de cultos de su hija, pidiendo que se le evaluara mediante trabajos escritos en lugar de asistir a la clase de religión. Ante la falta de respuesta formal por parte de la institución, el rector aseguró informalmente que la evaluación alternativa no afectaría las calificaciones de Sara. No obstante, al recibir el reporte de notas del segundo periodo, Vicente descubrió que su hija había obtenido un 0,0 en la materia de religión, impactando negativamente su promedio académico y causando un considerable malestar emocional.
Conflicto entre Educación Pública y Libertad Religiosa en Colombia
Frente a esta situación, Vicente decidió interponer una acción de tutela para proteger los derechos religiosos de su hija. A lo largo del proceso, la Corte analizó el alcance del principio de laicidad en la educación pública, el cual es parte fundamental de la Constitución de 1991. Este principio establece que los colegios públicos deben mantener una postura de neutralidad religiosa y ofrecer una enseñanza de la religión que sea histórica y cultural, sin promover ninguna fe en particular.
La Corte concluyó que el colegio había vulnerado la libertad de cultos de Sara, su derecho a la educación y el principio de laicidad al no proporcionar alternativas educativas que permitieran a la niña continuar sus estudios sin recibir contenidos dogmáticos. La sentencia incluyó varias directrices para el colegio:
- Revisión del Proyecto Educativo Institucional: Modificar el currículo para ofrecer alternativas a estudiantes que opten por no recibir educación religiosa.
- Eliminación de Contenidos Dogmáticos: Retirar los contenidos católicos específicos de la clase de religión.
- Formación Neutral: Garantizar una enseñanza de la religión de carácter neutral, enfocada en el aspecto histórico y cultural.
- Además, la Corte dictó que el colegio había vulnerado el derecho de petición de Vicente al no responder formalmente a su solicitud.
Como resultado del fallo y para asegurar el respeto a sus creencias, Vicente decidió transferir a Sara a un nuevo colegio que se alineara mejor con sus valores. Esta decisión subraya la importancia de mantener un equilibrio entre la educación pública y el respeto a la diversidad religiosa en las instituciones educativas.
Se ordena al colegio modificar su PEI para ofrecer alternativas a estudiantes que no reciban educación religiosa.
Foto portada: Imagen de referencia.