Director General CAR atenderá llamado de la Procuraduría por proceso en PTAR Chía II

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Presuntas irregularidades en la celebración de un convenio con EMSERCHÍA.

 

Néstor Guillermo Franco González/Foto tomada dePolitika.com.co.

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BOGOTÁ, CUNDINAMARCA.


Frente a la citación que la Procuraduría General de la Nación (PGN), ha hecho a Néstor Guillermo Franco González, como Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR), a juicio disciplinario por presuntas irregularidades en la celebración de un convenio con la Empresa de Servicios Públicos de Chía (EMSERCHÍA) y el municipio de Chía.

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Con base en lo anterior el Director de la CAR mediante comunicado manifestó que:

1.- Respeta y acata con todo rigor, la citación efectuada, de lo cual se notificará el día de mañana, miércoles19 de septiembre, conforme corresponde a la oportunidad para ello.

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2.- Manifiesta que la celebración del Convenio Interadministrativo No. 1267 de 2015, cuyo objeto era “Construcción de la Planta de Tratamiento de Aguas Residuales del municipio de Chía Cundinamarca – PTAR CHIA II”, se hizo bajo el marco jurídico previsto en las leyes vigentes y con pleno acatamiento a las mismas, además de hacerse en cumplimiento de orden judicial dada.

3.- La presunta vulneración a los principios de planeación y responsabilidad de la contratación estatal al suscribir el 24 de junio de 2015, espera ser desvirtuada durante la oportunidad procesal correspondiente, en tanto que la etapa de revisión y ajustes a diseños constructivos, no solo está permitida legalmente, sino que sin duda alguna es un elemento confirmatorio de la adecuada aplicación del principio de planeación, y que ella se previó precisamente para que tales diseños fueren suficientes, actualizados y completos, al momento de acometerse la ejecución de la obra.

4.- Que el buen curso del referido Convenio, a hoy día permite que el avance de esta obra de saneamiento sea satisfactorio y garantice cumplir con la orden judicial de contribuir al saneamiento del Río Bogotá.

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“Manifiesta que la celebración del Convenio se hizo bajo el marco jurídico previsto en las leyes vigentes”.

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