Desarrollo

Alcaldía de Cajicá suspende temporalmente expedición de licencias urbanísticas


CAJICÁ.


Por medio del decreto 015 del 3 de marzo de 2016, la Alcaldía Municipal de Cajicá suspendió temporalmente la expedición de licencias urbanísticas, inicialmente por un término de nueve meses.

El Comité de Planeación Municipal y el alcalde Orlando Díaz Canasto, en sesión del pasado 23 de febrero, por unanimidad determinaron decretar la suspensión temporal de expedición de licencias urbanísticas en las modalidades de urbanización, parcelación y construcción de proyectos de alto impacto, hasta tanto no se tenga claridad sobre la disponibilidad de servicios públicos, la certeza de  la consecución de recursos y/o las fuentes de financiación para la ejecución de las obras que se requieren, la reformulación de procesos al interior de las diferentes entidades, la valoración técnica, financiera, económica, ambiental e institucional de los riesgos de avanzar en las condiciones actuales. El Comité definió como proyectos de alto impacto los siguientes: licencias de parcelación; licencias de subdivisión urbana en lotes de área bruta igual o superior a 500 M2; licencias de subdivisión rural en lotes de área bruta igual o superior a 2.000 M2; licencias de urbanismo; licencias de construcción para uso multifamiliar mayores a 10 unidades y alturas superiores a 5 pisos en suelo urbano; licencias de construcción para uso multifamiliar mayores a 10 unidades y alturas superiores a 3 pisos en suelo rural suburbano – corredor vial suburbano; licencias de construcción para agrupación de vivienda mayores a 10 unidades; licencias de construcción para uso comercio y servicios a desarrollar en alturas superiores a 3 pisos y que generen más de 10 unidades comerciales.

Con base en lo anterior el alcalde Orlando Díaz Canasto, la secretaria de planeación, Nydia Yolima Corredor Hernández; el director de urbanismo, César González Chibuque, y la directora de ordenamiento territorial Sandra Shuaib Silva firmaron el decreto 015 del 3 de marzo de 2016 de suspensión temporal de licencias urbanísticas.

El decreto expedido aplica a los proyectos que a fecha de expedición del mismo se encuentran en trámite en la Secretaría de Planeación, que hayan sido radicados en legal y debida forma. De igual manera, a los proyectos que a la fecha aun teniendo la licencia de parcelación, subdivisión y urbanismo aprobadas y sustentados en el Acuerdo 16 de 2014 mediante acto administrativo vigente, superen el número de unidades determinadas en el considerando 24 del decreto expedido por la Administración Municipal para este efecto.

 

“Durante la suspensión temporal no corren los términos o plazos legales para la expedición de las licencias de los proyectos que han sido radicados ante la Secretaría de Planeación en legal y debida forma”.

 

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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