Corte ordena atención urgente para niños Wayuu y cobertura de salud en al menos 60 comunidades de La Guajira

La Corte Constitucional fijó plazos de entre ocho días hábiles y seis meses para atender riesgos de salud mental, fortalecer la atención extramural, hacer seguimiento individual a menores de edad y garantizar presencia periódica de los servicios de salud en Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia.

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Una familia Wayuu recibe atención médica en territorio, en medio de las medidas urgentes ordenadas para reforzar la respuesta en salud a niñas, niños y adolescentes de comunidades dispersas de La Guajira. La decisión incluye seguimiento a casos prioritarios, fortalecimiento de la atención extramural y acciones inmediatas frente a riesgos en salud mental. Imagen de referencia.
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La situación de salud de niñas, niños y adolescentes Wayuu en La Guajira llevó a la Corte Constitucional a ordenar una serie de medidas inmediatas después de que una visita realizada en agosto evidenciara dificultades en la atención médica, baja frecuencia de las jornadas extramurales y graves riesgos relacionados con la salud mental de menores de edad.

La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-302 de 2017 concentró su atención en tres problemas: la falta de coordinación entre las EPS que atienden a integrantes de una misma comunidad; la ausencia, discontinuidad o insuficiente periodicidad de los equipos extramurales e interculturales que deben llegar a comunidades dispersas; y los riesgos para la salud mental de niñas, niños y adolescentes Wayuu identificados en comunidades de Maicao.

Ante este panorama, la Corte estableció responsabilidades y plazos concretos para diferentes entidades nacionales y territoriales. Algunas medidas deberán comenzar a ejecutarse en cuestión de días.

Seguimiento individual a niñas, niños y adolescentes en mayor riesgo

El Ministerio de Salud y Protección Social, la Secretaría de Salud de La Guajira, las secretarías de salud de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, las EPS y EPSI responsables, así como las IPS y ESE que operan equipos extramurales, deberán implementar una estrategia temporal para identificar y hacer seguimiento individual a los casos prioritarios de niñas, niños y adolescentes Wayuu.

El mecanismo deberá establecer quién es responsable de cada caso, qué atención necesita el menor de edad, cuándo debe prestarse y cuáles son las barreras que están dificultando o impidiendo el acceso efectivo a los servicios de salud.

Las entidades involucradas tendrán que presentar un informe de cumplimiento dentro de los 45 días siguientes.

Además, la Consejería Presidencial para las Regiones, en su calidad de coordinadora del MESEPP, deberá convocar, dentro de los 15 días siguientes, un espacio técnico de articulación para poner en funcionamiento la estrategia.

Atención extramural deberá llegar inicialmente a por lo menos 60 comunidades

Otro de los puntos centrales de la decisión está relacionado con las comunidades dispersas donde la atención médica no llega con suficiente regularidad.

El Ministerio de Salud, las autoridades territoriales de salud, las EPS y EPSI y las IPS y ESE encargadas de los equipos extramurales deberán identificar, en un plazo de 15 días, qué comunidades presentan ausencia, discontinuidad o insuficiencia en la prestación de estos servicios.

Posteriormente, dentro de los 30 días siguientes, deberán poner en marcha un esquema transitorio de cobertura que priorice como mínimo 15 comunidades en cada uno de los municipios de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia. Esto representa, al menos, 60 comunidades dispersas.

La selección deberá considerar las condiciones particulares de cada territorio, entre ellas los casos de desnutrición, enfermedades respiratorias y diarreicas, presencia de niñas y niños, mujeres gestantes y lactantes, acceso al agua, distancia, dificultades de movilidad y tiempo transcurrido desde la última visita de los equipos de salud.

Comunidades priorizadas deberán recibir al menos una visita mensual

La Corte estableció además un plazo máximo de seis meses para consolidar un plan que garantice como mínimo una visita mensual de los equipos extramurales a las comunidades priorizadas.

Sin embargo, el tribunal precisó que ese periodo no constituye una autorización para aplazar las intervenciones.

Las acciones de atención, seguimiento y remisión de pacientes deberán comenzar desde el inicio de la implementación de las medidas, especialmente cuando sean identificadas situaciones que puedan representar un riesgo para la vida o la salud de niñas, niños y adolescentes.

Ordenan respuesta urgente por riesgos de salud mental en Maicao

Uno de los componentes que requiere una reacción más rápida está relacionado con la salud mental de menores de edad Wayuu.

El Ministerio de Salud deberá activar, en un plazo máximo de ocho días hábiles, una respuesta psicosocial de urgencia dirigida a las niñas, niños y adolescentes de las comunidades Cantawamana y Majayupana, en Maicao, así como a sus familias.

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La Secretaría de Salud de La Guajira, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y la Alcaldía de Maicao deberán participar, dentro de sus respectivas competencias, en la implementación de estas acciones.

La intervención tendrá que contemplar la valoración inmediata del riesgo, atención individual de los casos identificados, respuesta frente a situaciones de crisis, seguimiento a niñas, niños, adolescentes y sus familias y acciones comunitarias de prevención.

También deberá garantizarse la participación de personal con formación intercultural y conocimiento del wayuunaiki, teniendo en cuenta las particularidades culturales y lingüísticas del pueblo Wayuu.

Corte ordena estudiar la situación de salud mental de la niñez Wayuu

Las medidas no se limitarán a las situaciones identificadas durante la visita.

Corte ordena atención urgente para niños Wayuu y cobertura de salud en al menos 60 comunidades de La Guajira 1
La atención en salud deberá llegar con mayor regularidad a comunidades Wayuu de Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia, con seguimiento individual a menores en riesgo y una cobertura extramural que priorizará al menos 60 comunidades de La Guajira.

El Ministerio de Salud, a través del Comité Técnico de Salud del MESEPP, tendrá tres meses para realizar una caracterización intercultural de la situación de salud mental de niñas, niños y adolescentes Wayuu en Riohacha, Manaure, Maicao y Uribia.

El análisis deberá determinar la magnitud de la problemática, identificar las principales barreras para acceder a los servicios, establecer los factores de riesgo y protección, revisar las rutas de atención disponibles y formular recomendaciones tanto inmediatas como estructurales.

La caracterización permitirá establecer un panorama más preciso sobre una problemática que, de acuerdo con los hallazgos de la Sala, requiere intervenciones adaptadas a las condiciones sociales, territoriales y culturales de las comunidades.

Jornada de identificación para menores Wayuu sin registro civil

La decisión también aborda las dificultades de identificación de algunos menores de edad.

La Registraduría Nacional del Estado Civil, con acompañamiento del ICBF y la Alcaldía de Maicao, deberá realizar dentro de los dos meses siguientes una jornada de identificación y registro civil dirigida a las niñas, niños y adolescentes Wayuu del asentamiento de La Pista que no cuenten con documentos.

La Corte hizo una precisión especialmente relevante: la falta de documento de identidad no puede utilizarse como argumento para negar o retrasar la atención inicial, los servicios de urgencias, las intervenciones de salud pública o la atención en salud mental.

De esta manera, la protección de la vida y la integridad de los menores de edad deberá prevalecer mientras avanzan los procedimientos administrativos de identificación.

Supersalud, Procuraduría y Defensoría deberán vigilar las medidas

El cumplimiento de las órdenes tendrá vigilancia de diferentes organismos.

La Sala requirió a la Superintendencia Nacional de Salud hacer seguimiento a las barreras relacionadas con el aseguramiento, la continuidad de la atención y la prestación de los servicios que sean identificadas durante la ejecución de las medidas.

Por su parte, la Procuraduría General de la Nación (PGN) deberá vigilar el cumplimiento de las órdenes, mientras que la Defensoría del Pueblo tendrá que acompañar su implementación y la protección efectiva de los derechos de la niñez Wayuu.

El Ministerio del Interior, además, deberá traducir la decisión al wayuunaiki y garantizar su divulgación entre las autoridades tradicionales y las comunidades directamente cobijadas por las medidas.

Medidas son cautelares, transitorias y revisables

Las órdenes impartidas tienen carácter cautelar, transitorio y revisable. Su propósito es responder de manera inmediata a los riesgos encontrados por la Corte durante su presencia en territorio.

Estas actuaciones no sustituyen las soluciones de fondo que las instituciones responsables deben implementar para superar el estado de cosas inconstitucional reconocido en la Sentencia T-302 de 2017, relacionado con la protección de los derechos fundamentales de la niñez Wayuu en La Guajira.

La decisión establece así una hoja de ruta con responsabilidades y tiempos definidos: ocho días hábiles para activar la respuesta psicosocial urgente en dos comunidades de Maicao; 15 días para identificar comunidades con deficiencias en la atención extramural; 30 días para poner en marcha una cobertura transitoria en por lo menos 60 comunidades; 45 días para informar sobre el seguimiento de casos prioritarios; tres meses para caracterizar la salud mental de la niñez Wayuu en cuatro municipios y seis meses para consolidar una atención extramural que garantice, como mínimo, una visita mensual a las comunidades priorizadas.

Los plazos, sin embargo, no suspenden la obligación inmediata de atender a los menores de edad que enfrenten riesgos. La actuación institucional deberá comenzar desde el momento en que sean identificadas las necesidades de atención, seguimiento o remisión.

MinSalud deberá activar en ocho días hábiles una atención psicosocial urgente para menores de
Cantawamana y Majayupana, en Maicao.