Se amplían plazos del trámite previo para crear programas académicos en educación superior

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El registro calificado es la puerta de entrada para que una institución de educación superior pueda ofrecer oficialmente sus programas académicos en Colombia. Se trata del mecanismo mediante el cual el Estado verifica que cada institución cumpla las condiciones exigidas por la Ley 1188 de 2008 y el Decreto 1075 de 2015, garantizando que los estudiantes accedan a una formación con estándares adecuados y que la oferta educativa se mantenga en funcionamiento sin interrupciones.

Este instrumento —base del Sistema de Aseguramiento de la Calidad— determina si una universidad, institución tecnológica o técnica cuenta con la capacidad real para abrir, sostener o ampliar su portafolio académico. Por ello, cada ajuste normativo tiene impacto directo en la planeación institucional, la continuidad de los programas y las decisiones de miles de estudiantes que buscan educación superior.

Un viraje normativo que redefine tiempos y procedimientos

La reciente modificación a las disposiciones transitorias del Decreto 1075 de 2015 marca un nuevo capítulo en el trámite de registro calificado. El Ministerio de Educación Nacional ajustó los plazos y reglas que rigen la etapa de prerradicación, una fase decisiva donde las instituciones presentan sus solicitudes para abrir o modificar programas académicos.

La medida responde a las dificultades operativas que venían enfrentando varias instituciones y busca mejorar su interacción con la plataforma Nuevo Sistema de Aseguramiento de la Calidad de Educación Superior (SACES), el corazón digital del proceso.

Uno de los cambios más relevantes es la ampliación del tiempo para considerar surtida la etapa de prerradicación. Las instituciones que no cuenten con concepto favorable de condiciones institucionales tendrán este trámite cubierto hasta el 31 de diciembre de 2027, tanto para los programas que ya tienen registro vigente como para los que prevén lanzar en nuevos municipios o sedes.

La intención es reducir la presión administrativa y permitir una planeación más estable en la oferta académica.

Presentación de solicitudes hasta julio de 2027

Otro ajuste determinante fija como fecha límite el 1 de julio de 2027 para presentar solicitudes de prerradicación o modificaciones. Si una institución cumple con este plazo, el trámite se entenderá como válido hasta que el Ministerio emita la comunicación con la validación final. De esta manera, se evita que la gestión quede en limbo mientras avanza el análisis técnico.

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Un elemento adicional otorga tranquilidad a las Instituciones de Educación Superior (IES): si el 31 de diciembre de 2027 llega sin que el Ministerio haya resuelto una solicitud, la medida transitoria se prorrogará automáticamente hasta que se emita la validación correspondiente.

Esta extensión automática elimina el riesgo de que los trámites queden sin soporte normativo durante el proceso de evaluación.

Conceptos con vigencia de siete años

Una vez cumplida la etapa de prerradicación y emitido un concepto favorable, este tendrá una vigencia de siete años. Durante ese periodo, la institución podrá avanzar hacia nuevas solicitudes de registro calificado en etapa de radicación, lo que otorga mayor estabilidad al ciclo de planeación académica y administrativa.

Con estas decisiones, el Ministerio de Educación Nacional busca despejar incertidumbres, establecer un calendario coherente para las instituciones y fortalecer el funcionamiento del Nuevo SACES.

El objetivo es que los trámites no solo avancen con mayor fluidez, sino que también permitan a las instituciones concentrarse en lo esencial: garantizar programas académicos de calidad para los estudiantes de todo el país.

Las prórrogas automáticas evitarán que los trámites queden sin soporte mientras avanza la evaluación del Ministerio.

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