La Procuraduría General de la Nación activó una vigilancia preventiva a nivel nacional y exigió a alcaldes y alcaldesas municipales y distritales adoptar medidas inmediatas para regular la propaganda electoral y la publicidad exterior visual en espacios públicos, de cara a las elecciones de Congreso y Presidencia de la República de 2026.
Mediante la Circular 011 de 2025, el Ministerio Público recordó que los mandatarios locales tienen la obligación legal de expedir actos administrativos que definan con precisión las condiciones, características, límites y lugares autorizados para la instalación de propaganda electoral durante las campañas políticas, con el fin de preservar el orden urbano y garantizar condiciones equitativas entre los actores políticos.
Retiro inmediato de propaganda irregular
El ente de control fue enfático en señalar que cuando se detecte propaganda electoral exterior visual instalada en sitios no autorizados o fuera de los plazos establecidos por la ley, las alcaldías deberán exigir de manera inmediata el retiro del material y el restablecimiento del espacio público al estado en que se encontraba antes de su ocupación.
Esta actuación no admite dilaciones ni trámites prolongados, en tanto hace parte de las funciones de policía administrativa que ejercen los alcaldes en sus territorios.
Registro público y control de vallas electorales
La Procuraduría también ordenó a los gobiernos locales llevar un registro público y actualizado de la publicidad exterior visual, en el que deberá constar información sobre ubicación, responsables y características de los elementos instalados.
Este registro permitirá ejercer control frente al cumplimiento de los límites legales y reportar ante la autoridad electoral cualquier exceso en el número máximo de vallas o la difusión de propaganda por fuera del periodo permitido.
Asimismo, se recordó que el contenido de la publicidad exterior visual debe ajustarse a las normas vigentes y no puede afectar la señalización vial, la convivencia ciudadana ni el respeto por símbolos y valores protegidos por la ley.
Comisiones electorales verificarán cumplimiento territorial
La Circular 011 de 2025 también asignó responsabilidades a las Comisiones Territoriales de Control Electoral, que deberán verificar, municipio por municipio, si las administraciones locales han expedido los actos administrativos exigidos para regular la propaganda electoral en el espacio público. En los casos en que se evidencien omisiones, se adelantarán las actuaciones correspondientes.
Finalmente, la Procuraduría invitó a la ciudadanía a ejercer control social e informar a las autoridades competentes sobre posibles irregularidades en materia de propaganda electoral y publicidad exterior visual, aportando los soportes necesarios. Las quejas podrán presentarse tanto de manera virtual como presencial ante las sedes del Ministerio Público y demás autoridades habilitadas.
Con esta directriz, el ente de control refuerza su labor preventiva y de vigilancia institucional en un escenario preelectoral marcado por la alta exposición política y el uso intensivo del espacio público.
Alcaldes deberán definir por acto administrativo dónde y cómo se puede hacer propaganda electoral.













