
¿Qué es el Mecanismo de Búsqueda Urgente?
Su objetivo es que las autoridades judiciales ordenen en forma inmediata todas las diligencias necesarias tendientes a su localización.
Foto referencial/Cortesía/ViceNews.
BOGOTÁ.
El Mecanismo de Búsqueda Urgente, MBU, es una herramienta que se activa para ubicar a las personas que se presumen como desaparecidas. Su objetivo es que las autoridades judiciales ordenen en forma inmediata todas las diligencias necesarias tendientes a su localización, según lo informó la Fiscalía General de la Nación.
Es importante saber que:
- No hay que esperar un tiempo determinado para solicitar la activación del Mecanismo de Búsqueda Urgente.
- Cualquier persona puede pedir la activación del Mecanismo de Búsqueda Urgente (MBU) ante un juez o un fiscal.
- Es un trámite gratuito.
¿Cómo se activa el MBU?
- De manera verbal o escrita ante un juez o un fiscal.
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Para ello es necesario:
- Informar los hechos y circunstancias que permitan establecer que la persona es una posible víctima del delito de desaparición forzada.
- Suministrar los datos que permitan identificar a la persona desaparecida: nombre, documento de identificación, lugar de residencia, rasgos y características físicas, prendas de vestir, elementos de uso personal que portaba al momento de la desaparición y demás datos que permitan su individualización.
- Aportar toda la información que requiera la autoridad judicial que active el mecanismo.
- Presentar su documento de identificación y comunicar al funcionario su nombre completo y lugar de residencia.
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¿Cuáles son los derechos de los familiares de la víctima en desarrollo del MBU?
- Cuando el Mecanismo de Búsqueda Urgente permita dar con el paradero de la persona y esta deba ser liberada por la autoridad, dicha liberación deberá producirse en presencia de un familiar, del agente del Ministerio Público o del representante legal de la víctima.
- Cuando la persona en favor de la cual se activó el Mecanismo de Búsqueda Urgente sea hallada sin vida, se adoptarán todas las medidas necesarias para la entrega del cadáver a los familiares.
- A estar informado y conocer las diligencias realizadas para la búsqueda.
- A escoger el funcionario que tramitará el Mecanismo de Búsqueda Urgente.
- A solicitar el cambio del funcionario judicial que viene conociendo del Mecanismo de Búsqueda Urgente, cuando se advierta la afectación en su imparcialidad.
- A solicitar la realización de determinadas actividades investigativas.
- A solicitar la activación del Mecanismo de Búsqueda Urgente cuantas veces sea necesario.
- Ser tratada con respeto a su dignidad, a sus creencias religiosas y a su particular condición.
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