La Procuraduría General de la Nación (PGN) activó una nueva fase de seguimiento institucional sobre la implementación de la Ley 2492 de 2025, al requerir formalmente a las alcaldías del país información precisa y documentada sobre el grado de avance en su cumplimiento. La actuación, liderada por la Procuraduría Delegada Segunda para la Vigilancia Preventiva de la Función Pública, pone en el centro del debate nacional la responsabilidad de los entes territoriales en la gestión de la convivencia ciudadana y la paz en los municipios.
La medida se produce en un contexto de alta sensibilidad social, donde los conflictos comunitarios, las disputas vecinales y las tensiones territoriales demandan respuestas institucionales más sólidas, cercanas y eficaces. En ese escenario, la ley no solo redefine funciones, sino que exige transformaciones administrativas concretas que ya tienen tiempos y obligaciones claramente establecidas.
Un llamado directo a las alcaldías para cumplir la ley en los territorios
El requerimiento del Ministerio Público busca establecer, con evidencia verificable, qué acciones han adelantado las administraciones municipales para aplicar una norma que no admite interpretaciones laxas ni dilaciones. La Ley 2492 de 2025 fija deberes específicos que deben traducirse en decisiones administrativas, actos formales y ajustes internos dentro de los gobiernos locales.
Las alcaldías están obligadas a responder con información detallada sobre los avances reales, no solo en el plano normativo, sino en la ejecución práctica de los cambios ordenados por el legislador. El mensaje es directo: la convivencia ciudadana no puede quedar supeditada a la inercia institucional ni a la falta de voluntad administrativa.
Inspectores de Policía pasan a ser inspectores de Convivencia y Paz
Uno de los ejes más visibles de la ley es el cambio de denominación de los Inspectores de Policía, quienes ahora deben ser reconocidos como Inspectores de Convivencia y Paz. Esta modificación no es simbólica ni cosmética: implica una redefinición del enfoque con el que se gestionan los conflictos cotidianos en barrios, veredas y comunidades.
El nuevo rol apunta a fortalecer mecanismos de diálogo, mediación y resolución pacífica de controversias, alejándose de una lógica exclusivamente sancionatoria. Para ello, las entidades territoriales deben ajustar manuales de funciones, estructuras administrativas y procesos internos que respalden este enfoque en la práctica diaria.
Reorganización institucional y equipos interdisciplinarios: el reto operativo
La Procuraduría también solicitó a las alcaldías información sobre la reorganización institucional de las inspecciones y la conformación o adecuación de equipos interdisciplinarios de apoyo.
Este componente es decisivo para que la ley tenga efectos reales en el territorio y no se limite a un cambio de nombres en los organigramas.
La norma exige que las inspecciones cuenten con respaldo técnico y humano suficiente para atender problemáticas complejas que cruzan dimensiones sociales, jurídicas y comunitarias. Psicólogos, trabajadores sociales y otros profesionales deben integrarse a estos equipos, lo que supone planeación presupuestal, actos administrativos y decisiones de fondo por parte de los gobiernos locales.
El plazo otorgado por el legislador es de seis meses, un periodo que ya está en curso y que obliga a acelerar procesos en municipios de todos los tamaños.
Función preventiva: acompañamiento sin sanción ni coadministración
El Ministerio Público fue enfático en señalar que este requerimiento se desarrolla exclusivamente en el marco de su función preventiva. No se trata de una intervención disciplinaria ni de una intromisión en la autonomía territorial, sino de un acompañamiento institucional orientado a garantizar la correcta aplicación de la ley.
La Procuraduría reiteró que no hay prejuzgamiento ni coadministración, pero sí una expectativa clara de cumplimiento oportuno. El objetivo es que la Ley 2492 de 2025 se traduzca en mejoras concretas en la gestión de la convivencia, la atención de conflictos y la construcción de paz en los municipios, evitando que una norma de alto impacto social quede sin efectos reales en el día a día de las comunidades.
Se exige reorganización institucional y conformación
de equipos interdisciplinarios de apoyo.













