El Concejal Ronald Mauricio Ortiz Bahamón (Partido Mais) por iniciativa propia y con el fin de rescatar y salvaguardar la identidad del municipio de Zipaquirá, presentó a consideración de la Corporación el Proyecto de Acuerdo: “Por medio del cual se institucionaliza la iniciativa de Servicio Social Estudiantil con enfoque en Cátedra de Turismo, Cultura, Bilingüismo y Movilidad Segura a través de la Cultura Ciudadana en los grados 10° y 11º de las instituciones educativas municipales de Zipaquirá”.
El proyecto fue debatido analizado y votado con 17 votos a favor y 2 en contra, el cual debe ser sancionado por el alcalde y así convirtiéndose en acuerdo municipal se espera su pronta implementación con el concurso de la Secretaría de Educación y de las diferentes Instituciones Educativas del Municipio.
Dentro de los diferentes objetivos que establece esta iniciativa están:
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Con base en que el Acuerdo Municipal No. 05 de 2020 «Por el cual se adopta el Plan de Desarrollo Municipal Zipaquirá, Ciudad de los Servicios y las Oportunidades 2020-2024, Artículo 12, Programa 19 «Zipaquirá, Destino Turístico Internacional» pretende posicionar a Zipaquirá como un destino de alto impacto internacional que fomente la competitividad de los actores que pertenecen a los sectores económicos y que, a su tumo, componen la cadena de valor del turismo. Por ello su articulación con el Plan de Desarrollo Turístico Prospectivo da una apuesta estratégica en relación con:
Con base en lo anterior queda institucionalizada la iniciativa presentada por el concejal Ortiz Bahamón y se establece el servicio social estudiantil obligatorio con enfoque en Cátedra de Turismo, Cultura, Bilingüismo y Movilidad Segura a través de la Cultura Ciudadana en los grados 10º y 11 º de las Instituciones Educativas Municipales de Zipaquirá.
El Acuerdo quedó fundamentado en los siguientes principios:
Las líneas que componen la iniciativa municipal de servicio social estudiantil obligatorio en el presente acuerdo son:
La Secretaría de Desarrollo Económico y Turismo liderará la coordinación de las estrategias y operación de línea de turismo, cultura y patrimonio, así como la planeación de los contenidos que recibirán los estudiantes. El objetivo principal de la Cátedra deberá planearse en el desarrollo de las 80 horas de servicio social obligatorio de los estudiantes. De esta forma, se desplegarán dos componentes: uno teórico, correspondiente al 20% y un componente práctico correspondiente al 80% en el que se realizarán visitas y reconocimiento. Para esto se contará con la participación de los prestadores de servicios turísticos, la Secretaría de Desarrollo Rural y la Subgerencia de Cultura.
Para el desarrollo de las actividades y estrategias que conciernen a los contenidos de la línea de fomento del bilingüismo, Catedral de Sal liderará la coordinación de las estrategias y operación de estas.
A través de la Cultura Ciudadana, la Sub Gerencia de Cultura, la Biblioteca Regional y la Secretaría de Tránsito, Transporte y Movilidad liderarán la coordinación de las estrategias y operación de estas.
La Secretaría de Educación será la responsable de la implementación del presente Acuerdo.
Sin perjuicio de lo anterior la Secretaría de Desarrollo Económico y Turístico, el Instituto Municipal de Cultura, Recreación y Deporte de Zipaquirá, Catedral de Sal, la Secretaría de Desarrollo Rural, Secretaría de Transporte y Movilidad y demás Secretarías o entes descentralizados en cumplimiento de su objeto misional, apoyarán de manera conjunta la implementación del Acuerdo.
Para lograr una articulación e integralidad, la Secretaría de Educación en conjunto con la Secretaría de Desarrollo Económico, el Instituto Municipal para la Cultura, la Recreación y el Deporte de Zipaquirá, Catedral de Sal, la Secretaría De Desarrollo Rural y la Secretaría de Transporte y Movilidad generarán estrategias conjuntas y transversales, con el fin de emitir productos de soporte como material audiovisual, cartillas digitales, documentos investigativos de productos o proyectos desarrollados en el ámbito a fin, apoyo de material lúdico pedagógico, entre otros, que permitan a los estudiantes comprender de manera más práctica y aprehender eficientemente los contenidos planteados en cada una de las líneas de la cátedra.
Queda facultado el alcalde municipal de Zipaquirá para que, en el término de seis meses contados a partir de la vigencia del Acuerdo, reglamente las disposiciones en él contenidas al interior del Sistema Educativo Municipal de Zipaquirá y en lo que haya lugar.
Con el fin de rescatar y salvaguardar la identidad del municipio de Zipaquirá y se fortalecen otros servicios ciudadano.
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