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¡Hablemos de trabajo doméstico remunerado!

De acuerdo con la legislación colombiana un trabajador doméstico es aquella persona que residiendo o no en su lugar de trabajo, ejecuta tareas de aseo, cocina, lavado, planchado, cuidado de niños y/o animales de compañía, jardinería y demás tareas propias del hogar. Son ‘empleados internos’ aquellos que viven en la casa del empleador. Quienes no viven en la casa del empleador se denominan ‘externos’ y pueden laborar a su vez, tiempo completo o ‘por días’.

El Departamento Administrativo Nacional de Estadística (DANE) informa que de 742.000 personas en Colombia trabajan como empleados domésticos (97,7 % son mujeres), pero asimismo se entrevé la informalidad de este oficio. Tal informalidad permite que estas trabajadoras responsables de hogares ajenos al suyo, sean víctimas de maltrato, racismo, salario devaluado, ausencia de seguridad laboral, jornada laboral excesiva, entre otros abusos. Desafortunadamente, la mayoría desconoce las leyes que les protegen y los mecanismos para exigirlos; y generalmente se enfrenta al desempleo cuando expresa sus inconformidades.

Es importante hablar del tema para así enfocar el fortalecimiento de la normatividad de trabajo doméstico en el país, las estrategias comunicacionales, la incidencia política, las organizaciones dedicadas a su ennoblecimiento y sobre todo el reconocimiento de los derechos humanos, constitucionales, laborales en las trabajadoras domésticas del país.

El valor del trabajo doméstico es un pilar esencial para el desarrollo socioeconómico.

Gracias a la gestión de organizaciones dedicadas a dignificar el trabajo doméstico, la normatividad colombiana se ha encaminado a la formalización laboral y las condiciones dignas de las trabajadoras domésticas, a través de proyectos sociales, académicos, económicos y empresariales.

Normatividad básica para trabajadoras domésticas en Colombia:

¿Cuál es el salario de una trabajadora doméstica ‘externa’ o por días, en 2023?

Para el año 2023 el Gobierno Nacional anunció un aumento del 16 % para el salario mínimo de los colombianos, quedando en $1.160.000 más, el 20 % de aumento en el auxilio de transporte, siendo este de $140.606 para un total de $1.300.606 COP. Cabe aclarar que este año inicia la reducción laboral, por lo que este salario mínimo aplica para todos los empleados cuya jornada laboral máxima sea de 47 horas a la semana o tiempo completo.

Puntualizando en el caso de las trabajadoras domésticas, el panorama salarial y la reducción de jornada es la misma, excepto si trabaja por días, para este caso el salario diario jamás podrá ser inferior a $38.666 más el valor del auxilio de transporte diario que corresponde a: $4.686, para un total de $43.325 por día.

Para una trabajadora doméstica que (por ejemplo) trabaje 1 día a la semana en hogar, la seguridad social se calcula teniendo en cuenta el Decreto 1072 de 2015, la empleada debe contar con acceso a salud a través del SISBEN o ser beneficiaria de un familiar. En este caso, el costo de seguridad social mensual es para el empleador será $52.455.

En el caso de empleadas de 2 y 3 días a la semana, el costo de seguridad social mensual será de $104.910 para el empleador.

¿Cuál es el salario de una trabajadora doméstica ‘interna’, en 2023?

Bajo este panorama, una trabajadora doméstica o niñera que gana un salario mínimo y no vive en el domicilio en realidad representa para su empleador un valor de $1.590.861 al mes, teniendo en cuenta salario, auxilio de transporte y seguridad social. Por otro lado, se debe mencionar que, si la empleada es interna, o sea si vive en el domicilio, se le resta el auxilio de transporte.

¿A una trabajadora doméstica se le puede pagar ‘en especie’?

La legislación colombiana permite que el salario como empleada doméstica se pueda pagar de forma mixta. Es decir, una parte en dinero y otra en especie.

Para este tipo de situaciones, en especie es cuando la vivienda o alimentación se tiene en cuenta como parte del salario a cancelar.

*El salario en especie no puede superar el 30 % del valor total del pago.

¿La dotación es obligatoria?

Sí, la dotación y/o vestuario son una obligación por parte de los empleadores, sin importar la condición laboral; siempre y cuando gane menos de dos salarios mínimos.

Los empleadores deben afiliar a la trabajadora doméstica a:

  • Aseguradora de Riesgos Laborales (ARL).
  • Fondo de Pensiones y Cesantías.
  • Caja de Compensación Laboral.

*La trabajadora doméstica tiene total libertad para elegir la entidad para estas afiliaciones, a excepción de la ARL.

¿Las trabajadoras domésticas tienen derecho a descansar y además a vacaciones?

Sí. Todas las trabajadoras domésticas incluidas las internas deben tener mínimo un día de descanso a la semana, además de 15 días hábiles en el año de vacaciones remuneradas.

¿Las trabajadoras domésticas tienen licencia de maternidad?

Sí, se debe reconocer 18 semanas de licencia de maternidad que podrá vales una o dos semanas antes del parto.

¿Las trabajadoras domésticas están protegidas ante el acoso laboral?

Sí, el acoso laboral está totalmente prohibido y se puede denunciar.

Algunas de las organizaciones que brindan asesoría sobre los derechos de las trabajadoras domésticas son:

Un día en la vida de Flor (y de otros miles de trabajadoras domésticas en Colombia)

*Esta historia fue creada por Familias Ahora y la Fundación Trabajo Doméstico, basada en hechos reales.

  • 4:00 a. m Flor se despierta, lava la ropa, hace el desayuno y deja preparada la comida.
  • 5:00 a. m Flor alista a sus hijos, los deja con su vecina y sale rumbo a su trabajo.
  • 6:00 a. m Flor toma el primer bus.
  • 7:00 a. m Flor toma el segundo bus.
  • 8:00 a. m – 6:00 p. m (hora tentativa de salida, muchas veces sus empleadores no llegan a la hora acordada) Flor se presenta en la casa de su empleadora, ejecuta tareas de aseo, cocina, lavado, planchado, cuidado de niños y/o animales de compañía, jardinería y demás tareas propias del hogar.
  • 6:00 p. m Flor toma el primer bus de regreso a casa.
  • 7:00 p. m Flor toma el segundo bus.
  • 8:00 p. m Flor recoge a sus hijos donde la vecina.
  • 9:00 p. m Flor sirve la comida, les ayuda con las tareas.
  • 10:00 p. m Flor acuesta a los niños y se acuesta ella CONSUMIDA.

¿Qué tiempo le queda a Flor para descansar o disfrutar con su familia?

Es importante hablar del tema para así enfocar el fortalecimiento de la normatividad de trabajo doméstico en el país.

Foto portada y otra: Imagenes de referencia para ilustrar la noticia.
Tomadas de Depositphotos.

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