Desde el 1 de noviembre la EPS SOS no operara mas en Cundinamarca Caldas y Antioquia
Salud

Desde el 1 de noviembre, la EPS SOS no operará más en Cundinamarca, Caldas y Antioquia

Hasta el 31 de octubre de 2017, SOS será la responsable del aseguramiento de los usuarios en los municipios donde se autorizó este retiro voluntario.

Foto/Cortesía.


BOGOTÁ, CUNDINAMARCA.


Mediante la Resolución 3016 de 2017, la Superintendencia Nacional de Salud (SuperSalud) autorizó el retiro voluntario de su operación en el régimen contributivo de 28 municipios en 3 departamentos del país a la E​PS Servicio Occidental de Salud SOS.

​​De acuerdo a los criterios establecidos en la normatividad vigente (Decreto 780 de 2016), la EPS SOS realizó la asignación de la población afiliada el pasado 9 de octubre a las EPS receptoras por grupos familiares y deberá entregar toda la información necesaria para garantizar la continuidad en la atención de los usuarios.

​​“Hasta este martes 31 de octubre de 2017, SOS será la responsable del aseguramiento de los usuarios en los municipios donde se autorizó este retiro voluntario, seremos ​garantes en este proceso para que la prestación del servicio se realice de manera continua, y a partir del 1 de noviembre las EPS receptoras continúen garantizando la atención sin dilaciones”, aseguró Adolfo Varela, Superintendente Delegado para la Protección al Usuario.

En este sentido, los departamentos objeto de retiro, municipios y las EPS receptoras son: Cundinamarca, Caldas y Antioquia.

Transcurridos 90 días contados a partir del 1 de noviembre, los afiliados podrán ejercer su derecho a libre elección de la EPS a la cual desean pertenecer, teniendo en cuenta que ésta deberá operar en su municipio de residencia, en el régimen contributivo.

Frente a las deudas vigentes con los aseguradores en los municipios donde SOS ese retirará, Varela aseguró: “como parte del proceso de aprobación del retiro voluntario, le exigimos a la EPS SOS presentar un plan de pagos detallado, con cronogramas y evidencias que soporten lo propuesto para garantizar el cumplimiento de las obligaciones adquiridas”.

​​Agregó que los usuarios no deberán realizar ningún trámite de traslado, “adicionalmente si un afiliado requiere orientación o presenta algún inconveniente con el servicio, puede acudir a nosotros, a través de nuestros canales presenciales en las Oficinas Regionales y Puntos de Atención al Usuario, que podrá verificar en nuestro sitio web www.supersalud.gov.co o comunicarse a nuestra línea gratuita nacional 01 8000 513 700, atendida las 24 horas por nuestros funcionarios”, puntualizó.

Transcurridos 90 días contados a partir del 1 de noviembre, los afiliados podrán ejercer su derecho a libre elección de la EPS a la cual desean pertenecer”.

Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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