A partir del 1º de enero departamentos tendran mas recursos gracias a Ley de licores
Economía

A partir del 1º de enero, departamentos tendrán más recursos, gracias a Ley de licores

Permite equilibrar las cargas tributarias entre los licores nacionales e importados.


BOGOTÁ.


Un aumento cercano al 19%, en promedio, en los recursos que recibirán los departamentos en el 2017, y que van para la salud y la educación, fortalecimiento del monopolio rentístico en manos de los departamentos, armonización de las leyes nacionales con las internacionales y más dientes para el control al contrabando de licores, son entre otros, los beneficios que trae la Ley 1816 del 19 de diciembre del 2016.

Esta norma, que fue sancionada por el presidente Juan Manuel Santos Calderón, permite equilibrar las cargas tributarias entre los licores nacionales e importados, porque los más costosos serán los que paguen más impuestos. De acuerdo con la Ley, ahora se tendrán en cuenta dos componentes para definir el tributo: uno basado en los grados de alcohol de la bebida y otro basado en el precio final del producto.

La tarifa del componente basado en los grados alcoholimétricos para licores como el whisky será de $220 por cada grado de alcohol y para los vinos será de $150 por cada grado. Y el componente basado en el precio final del producto, será del 25% sobre ese precio para los primeros y del 20% para los vinos.

Adicionalmente, los licores quedan sujetos al pago de un IVA del 5%, que permite a las licoreras nacionales descontar el IVA que pagan por los insumos que adquieren para la producción.

La Ley 1816 también fortalece el monopolio rentístico en manos de los departamentos, que mantienen facultades clave. Cada uno de ellos decide si lo ejerce o no. En el caso de la producción, cada uno podrá elegir si producen el licor a través de su licorera o no.

Para la producción por parte de terceros, los departamentos pueden escoger si lo hacen a través de permisos o de contratos. Además, permite que los departamentos se pueden asociar entre sí o con privados para producir licores.

Por otro lado, la Ley 1816 de 2016 armoniza la legislación nacional con las normas internacionales, atendiendo lo acordado en la Organización Mundial del Comercio, OMC, de la cual Colombia forma parte.

 

“Con la entrada en vigencia de la Ley 1816 de 2016, se genera equidad tributaria y se fortalecen las finanzas regionales que podrán destinar más recursos para la salud y educación de los colombianos”, señaló la ministra de Comercio, Industria y Turismo, María Claudia Lacouture.

 

La industria del aguardiente quedó protegida con una salvaguardia que podrán establecer los departamentos, prohibiendo el ingreso de otra bebida del mismo tipo, sea colombiana o extranjera.

También habrá una salvaguardia para los rones importados, por lo que los departamentos podrán prohibir el ingreso de los que no sean suyos.

De ahora en adelante, serán las asambleas departamentales las competentes para autorizar la explotación directa o indirecta de la producción e introducción de licores destilados a la entidad territorial.

En cuanto al contrabando, las autoridades del orden nacional o departamental le podrán solicitar a la Dian, a la Fiscalía o a la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF, su intervención, cada una en su ámbito, en casos de la existencia de contrabando. Así mismo, en caso de una aprehensión de productos de contrabando, los comercializadores deberán entregarle al departamento o departamentos afectados, la información técnica y contable que permita verificar las cadenas de distribución y los pagos que reciben por sus ventas.

 

“En caso de que no entreguen la información o de que se compruebe el contrabando, el departamento le podrá revocar el permiso para la comercialización”.

 


Extrategia Medios
Equipo de redacción de Extrategia Medios

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