Aunque el uso del asbesto está prohibido en Colombia, el país enfrenta una tarea pendiente: gestionar de manera segura el material que aún permanece en edificaciones, instalaciones y otros elementos, con el propósito de reducir los riesgos que la exposición a sus fibras puede representar para la población.
En esa dirección, la Procuraduría General de la Nación expidió la Directiva 009 del 9 de abril de 2026, mediante la cual impartió lineamientos para fortalecer las medidas de prevención, vigilancia y control relacionadas con este mineral.
La actuación del Ministerio Público busca impulsar acciones para su manejo y reemplazo progresivo, además de prevenir posibles afectaciones a trabajadores, comunidades y demás personas que puedan estar expuestas.
Procuraduría pide reforzar el cumplimiento de la prohibición
Uno de los componentes de la directiva es fortalecer la aplicación de la Ley 1968 de 2019, mediante la cual Colombia prohibió el uso del asbesto en el territorio nacional.
La Procuraduría exhortó a las autoridades competentes a prevenir posibles incumplimientos y reforzar las labores de inspección, vigilancia y control.
Las disposiciones también contemplan la aplicación de las sanciones correspondientes frente a actividades de explotación, producción, exportación y comercialización del mineral que desconozcan la normativa vigente.
El reto no termina con impedir nuevos usos. Las instituciones deberán adoptar procedimientos para identificar, intervenir, retirar y manejar de manera segura los elementos que todavía contienen este material, evitando que estas labores generen riesgos adicionales.
Entidades nacionales y territoriales deberán participar
La Directiva 009 de 2026 está dirigida a entidades del Gobierno Nacional con competencias en ambiente, salud, trabajo, comercio, minería, agricultura, educación y ciencia, así como a organismos encargados de vigilancia y control.
En los territorios, las disposiciones involucran a las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR),autoridades ambientales, gobernaciones y alcaldías, de acuerdo con sus respectivas competencias.
Esta articulación busca que las medidas adoptadas desde el nivel nacional tengan aplicación en las regiones y permitan atender los riesgos asociados a la presencia y manipulación del asbesto.
CONPES 4211 establece una hoja de ruta para Colombia
En este contexto, el Gobierno Nacional adoptó el Documento CONPES 4211 de 2026, que establece una hoja de ruta para desarrollar de manera progresiva y segura las acciones requeridas frente al material existente en el país.
La política define responsabilidades institucionales y orienta las actuaciones necesarias para abordar una problemática que continúa después de la prohibición establecida por la legislación colombiana.
Los procedimientos deberán proteger tanto a quienes realizan labores de intervención y retiro como a las personas que puedan encontrarse en los lugares donde todavía existen elementos elaborados con este mineral.
Protección de la salud y del ambiente
Las medidas tienen como propósito reducir los riesgos asociados a la exposición al asbesto, proteger la salud de la población y prevenir posibles afectaciones ambientales.
Para ello, las autoridades sanitarias, ambientales, laborales y territoriales deberán actuar de manera coordinada, acompañadas de mecanismos de seguimiento, inspección y control.
La Directiva 009 y el CONPES 4211 de 2026 complementan así las disposiciones de la Ley 1968 de 2019, al orientar las acciones que deberán adoptar las instituciones para atender de manera segura la presencia de este material en Colombia.

Las medidas buscan reducir los riesgos para trabajadores, comunidades y personas que puedan estar expuestas a sus fibras.













