La Federación Colombiana de Municipios deberá realizar una auditoría para determinar cuánto dinero corresponde a cada entidad territorial. La sentencia también establece plazos para efectuar las devoluciones y medidas de control sobre los recursos provenientes de las multas de tránsito.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mediante sentencia de segunda instancia del 4 de septiembre de 2026, ordenó a la Federación Colombiana de Municipios restituir más de $84.752 millones provenientes de excedentes operacionales y rendimientos financieros generados por la administración del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT).
La decisión, adoptada por la Sección Primera, Subsección B, establece que la Federación vulneró el derecho colectivo a la defensa del patrimonio público al conservar recursos excedentarios derivados de la operación del sistema.
El fallo responde a una acción popular presentada por la Alcaldía Mayor de Bogotá y modifica parcialmente una sentencia emitida en enero de 2018 por el Juzgado Diecinueve Administrativo del Circuito de Bogotá.
Más de $84.752 millones deberán regresar a las entidades territoriales
El Tribunal determinó dos conceptos económicos que deberán ser restituidos:
- $55.445.213.328 correspondientes a excedentes operacionales.
- $29.307.370.712 por rendimientos financieros.
La suma total asciende a $84.752.584.040, sin incluir la actualización monetaria que deberá calcularse hasta la fecha efectiva de cada devolución.
A diferencia de la decisión de primera instancia, que había dispuesto reintegrar determinados recursos al Tesoro Nacional, el nuevo fallo establece que las sumas deberán distribuirse entre las entidades territoriales beneficiarias, de acuerdo con el origen de los recursos recaudados.
La sentencia precisa que los dineros restituidos conservarán su destinación legal y deberán invertirse en planes y proyectos del sector movilidad, conforme a las disposiciones del Código Nacional de Tránsito.
Una auditoría determinará cuánto dinero recibirá cada municipio
La Federación Colombiana de Municipios tendrá seis meses, contados a partir de la ejecutoria de la sentencia, para realizar una auditoría especial financiera, contable, contractual y patrimonial que abarcará el período comprendido entre 2002 y 2025.
El procedimiento deberá identificar el origen territorial de los recursos, establecer la participación correspondiente a cada municipio o distrito y determinar los valores que deberán ser restituidos.
Cuando no sea posible reconstruir directamente la información de una determinada vigencia, la Federación deberá aplicar una metodología objetiva y verificable, tomando como referencia un período de cinco años con información completa.
La auditoría también examinará los contratos de concesión, los gastos, las inversiones y los bienes adquiridos o financiados con recursos destinados al funcionamiento del SIMIT.
¿Cuándo deberán devolver los recursos?
La sentencia establece tres etapas para cumplir la orden judicial.
- Primera etapa: seis meses
Realización de la auditoría especial para identificar los recursos correspondientes a cada entidad territorial.
- Segunda etapa: tres meses adicionales
Adopción de un protocolo de restitución y comunicación individual a los municipios y distritos beneficiarios, con los valores calculados y la metodología utilizada.
- Tercera etapa: máximo un año
Devolución efectiva de los recursos a cada entidad territorial, contada desde la respectiva comunicación individual.
Los municipios y distritos podrán presentar observaciones sobre los valores asignados. Sin embargo, estas reclamaciones no podrán modificar la cuantía global establecida judicialmente ni suspender la devolución de los recursos que no estén en discusión.
Los plazos comenzarán a contarse desde la ejecutoria de la sentencia, no desde el 4 de septiembre, fecha en que fue expedida.
Contraloría deberá vigilar el cumplimiento de la sentencia
El Tribunal ordenó a la Contraloría General de la República efectuar seguimiento a la administración de los recursos públicos destinados al SIMIT.
La vigilancia deberá prestar especial atención a los pagos realizados a los concesionarios, los gastos asumidos directamente por la Federación y los activos adquiridos con recursos públicos.
Asimismo, dispuso conformar un comité de verificación, integrado por las partes, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría, para supervisar el cumplimiento de las órdenes judiciales.
La Federación también deberá implementar un procedimiento permanente de control financiero, contractual y patrimonial que permita identificar anualmente los excedentes y rendimientos susceptibles de restitución.
El Tribunal revocó la orden de unificar el SIMIT y el RUNT
La sentencia de segunda instancia también introdujo modificaciones a otras decisiones adoptadas en 2018.
Entre ellas, revocó la orden dirigida al Ministerio de Transporte para presentar un proyecto de ley encaminado a unificar el SIMIT con el Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), así como el exhorto que se había formulado al Congreso de la República.
Igualmente, dejó sin efecto la obligación general de rendición de cuentas impuesta en primera instancia, sin perjuicio de los deberes legales de transparencia y acceso a la información.
El Tribunal aclaró que las medidas preventivas sobre contratación y control patrimonial no constituyen una declaración de ilegalidad de los contratos de concesión existentes ni una determinación judicial de que se hayan efectuado pagos duplicados.
Con esta decisión, la Federación Colombiana de Municipios deberá adelantar el procedimiento establecido judicialmente para identificar a los beneficiarios y devolver los recursos correspondientes, bajo seguimiento de las autoridades de control.
La Contraloría General de la República deberá vigilar el cumplimiento de la decisión judicial.











