Incremento de tarifas para el servicio de taxi en Zipaquirá

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Equipo de redacción de Extrategia Medios
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El horario para la aplicación de la tarifa de recargo nocturno para el servicio de taxi, será de siete (7) de la noche a tres (3) de la mañana.

 


ZIPAQUIRÁ, CUNDINAMARCA.


La Administración Municipal y la Secretaría de Tránsito y Movilidad de Zipaquirá, se reunieron con las Empresas de Transporte Público de Transporte Terrestre en la modalidad Individual (Taxi) para concertar y presentar la formulación de precios para el presente año.

Según el Secretario de Transporte y Movilidad de Zipaquirá, Guillermo Gaitán Nieto, dando cumplimiento a las normas vigentes, y una vez revisados los documentos entregados, efectuados por las Empresas de Servicio de Taxi de Zipaquirá, verificaron la formulación de tarifas, y de acuerdo a las alzas del año en curso correspondientes a la aplicación de la ponderación entre Índice del Precio al Consumidor (IPC) para el año 2019 y el incremento del salario mínimo correspondiente al año 2019 acordaron las tarifas, el cual mediante decreto 039 del 4 de marzo de 2019 quedó de la siguiente manera:

TARIFAS CASCO URBANO

Tarifas uno

 

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TARIFAS PARA CENTROS POBLADOS

Servicio público de transporte de Taxi, para el año 2019, desde y hacia los centros poblados del Municipio de Zipaquirá, ingresando tres (3) sectores: Ciudadela el Recreo, Villa Rosita, Jazmines quedó de la siguiente manera:

 

Tarifas dos

El horario para la aplicación de la tarifa de recargo nocturno para el servicio de taxi, será de siete (7) de la noche a tres (3) de la mañana.

 

Para personas en condiciones de discapacidad carnetizados, será de un 40% menos de la tarifa mínima del sector, ya sea urbano o centro poblado.

 

El número de personas que pueden acompañar a una persona en condiciones de discapacidad carnetizado, es de un máximo de dos (2) personas.

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El cobro de la tarifa autorizada se deberá portar en la parte trasera de la silla del copiloto del vehículo taxi, la tabla informativa de valores y unidad denominada »Tarjeta de Control», como lo disponen los artículos 2.2.1.3.8.12 y 2.2.1.3.13 del Decreto Nacional 1079 de 2015.

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La Secretaria de Transporte y Movilidad se encargará de vigilar el estricto cumplimiento de las tarifas, para lo cual se efectuarán operativos a través de la Policía de Tránsito y Agentes de Tránsito Municipales, e iniciará las investigaciones y aplicará las sanciones legales correspondientes a quienes cobren una tarifa superior a la acordada.

 

tarifas 2019dos

 

El cobro de la tarifa autorizada se deberá portar en la parte trasera de la silla del copiloto del vehículo taxi, la tabla informativa de valores y unidad denominada »Tarjeta de Control».

Equipo de redacción de Extrategia Medios