La Alcaldía Municipal de Zipaquirá en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, especialmente, de conformidad con el numeral 2 del artículo 315 de la Constitución Política de Colombia, que dicta: “Son atribuciones del Alcalde, conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador. El Alcalde es la primera autoridad de policía del municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que le imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante”., expidió el Decreto 378 del 25 de mayo de 2022, con el fin de garantizar la seguridad y el orden público dentro de la jurisdicción del municipio de Zipaquirá, durante la jornada electoral a realizarse el próximo domingo 29 de mayo de 2022 y sí hubiere segunda vuelta el 19 de junio de 2022, correspondiente a las elecciones de Presidente y Vicepresidente de Colombia.
Con base en lo anterior se establecen medidas como las siguientes:
Decreto 378 del 25 de mayo de 2022, con el fin de garantizar la seguridad y el orden público dentro de la jurisdicción del municipio de Zipaquirá, durante la jornada electoral.
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