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Pico y Placa en Bogotá: ciertos automóviles no podrán movilizarse durante 4 días seguidos

El Decreto 003, indicó que, a partir del 10 de enero de 2023, se modificó la rotación del pico y placa para vehículos particulares en Bogotá, en los horarios de 6:00 a. m hasta las 09:00 p. m.

Asimismo, el Decreto reza lo siguiente: “Los vehículos con placas terminadas en 1, 2, 3, 4 y 5 tendrían restricción los días pares y los vehículos con placas terminadas en 6, 7, 8, 9, y 0 estarían restringidos los días impares” y, además, quienes incumplan la medida recibirán sanciones pedagógicas y comparendos por $522.900.

Por ende, en la semana comprendida entre el 30 de enero y el 03 de febrero, la restricción será así:

  • Lunes 30 de enero: 1, 2, 3, 4 y 5.
  • Martes 31 de enero: 6, 7, 8, 9, y 0.
  • Miércoles 1 de febrero: 6, 7, 8, 9, y 0.
  • Jueves 2 de febrero: Día sin carro.
  • Viernes 3 de febrero: 6, 7, 8, 9, y 0.

Así las cosas, los conductores de vehículos particulares terminados en placas 1, 2, 3, 4, y 5, solo podrán movilizarse un día de la semana, una medida considerada como injusta por quienes pierden la oportunidad para transitarse por la capital del país cuatro días seguidos en la última semana de enero y la primera de febrero.

Los conductores de vehículos particulares terminados en placas 1, 2, 3, 4, y 5, solo podrán movilizarse un día de la semana del 30 de enero al 03 de febrero.

Foto portada: Movilización de automóviles en Bogotá. Autoría de la Alcaldía de Bogotá.

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